Resolución de 11 de noviembre de 2005, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, por la que se establecen plazos especiales para el ingreso de las diferencias resultantes de la aplicación de la Orden TAS/3552/2005, de 10 de noviembre, por la que se fijan para el ejercicio 2005, las bases normalizadas de cotización a la Seguridad Social, por contingencias comunes, en el régimen especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón.
¿Qué dice esta ley?
**Nuevos plazos para pagar la Seguridad Social en la Minería del Carbón** Esta norma establece un calendario especial para que las empresas del sector de la minería del carbón puedan abonar las diferencias en las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes al año 2005. Se trata de ajustes que surgen de la aplicación de nuevas bases de cotización fijadas para ese ejercicio. Concretamente, las empresas tendrán hasta marzo de 2006 para pagar las diferencias de enero a abril de 2005. Luego, hasta mayo de 2006 para las cuotas de mayo a agosto de 2005. Finalmente, las diferencias del resto de meses de 2005 deberán abonarse antes de que termine julio de 2006. Esta resolución entró en vigor el 24 de noviembre de 2005, permitiendo a las empresas gestionar estos pagos de forma más escalonada y adaptada a sus circunstancias específicas dentro del régimen especial de la minería del carbón. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta resolución, las diferencias en las cotizaciones a la Seguridad Social debían abonarse según los plazos generales establecidos. La Orden TAS/3552/2005 fijó nuevas bases de cotización para el Régimen Especial de la Minería del Carbón en 2005, lo que generó diferencias respecto a lo ya cotizado. La Secretaría de Estado de la Seguridad Social, facultada por dicha orden, emitió esta resolución para conceder plazos especiales de pago a las empresas del sector. Esta medida, específica para la minería del carbón, busca facilitar la adaptación a los nuevos baremos, algo que no se aplica de forma generalizada a otros regímenes ni a nivel de la Unión Europea, y su importancia radica en la protección de un sector con particularidades económicas y sociales. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────