Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 4/2013, de 27 de noviembre, de Supresión de la Prestación de los Servicios de Radiodifusión y Televisión de Ámbito Autonómico, de Titularidad de la Generalitat, así como de Disolución y Liquidación de Radiotelevisión Valenciana, SAU.

BOE-A-2013-12824Publicada: 07/12/2013COMUNITAT VALENCIANA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-23 Fuente original: ES-DOCV-LEY — Ley 4/2013, de 27 de noviembre ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** JURISDICCIÓN: ES | FUENTE: ES-DOCV-LEY | ÓRGANO: Les Corts Valencianes / Generalitat Valenciana | TIPO: Ley Ordinaria | FECHA: 27.11.2013 | IDENTIFICADOR: Ley 4/2013 | IDIOMA ORIGINAL: Español | MATERIAS: Comunicación audiovisual, Empresa pública, Derecho laboral | ÁMBITO: Autonómico (Comunitat Valenciana) | RELEVANCIA IW: MEDIA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** La Ley autoriza la supresión de los servicios públicos de radio y televisión que prestaba la Generalitat Valenciana y ordena la disolución y liquidación de la empresa pública Radiotelevisión Valenciana, SAU (RTVV). Como consecuencia directa, extingue todos los contratos de trabajo de la plantilla afectada. --- **CONTEXTO (para entenderlo mejor)** Desde 1984, la Generalitat Valenciana mantenía una empresa pública de radiodifusión y televisión como servicio de interés general. Sin embargo, la crisis económica y los elevados costes de personal (más de 1.600 trabajadores) hicieron la empresa inviable. Un despido colectivo previo fue anulado por sentencia del TSJCV en 2013, obligando a readmitir más de mil empleados, lo que hizo económicamente insostenible continuar con la prestación del servicio. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La Ley 4/2013 establece dos decisiones centrales: (i) la supresión de la prestación del servicio público de radiodifusión y televisión de ámbito autonómico «por cualquier medio o canal de difusión» (art. 2.1), incluyendo cualquier otro servicio de interés general en estas materias que prestara la Generalitat conforme a sus competencias estatutarias (art. 2.2); y (ii) la autorización al Consell para que, constituido en Junta General de Accionistas, disuelva y extinga la empresa Radiotelevisión Valenciana, SAU, nombrando una comisión de liquidación de tres miembros (art. 3). En cuanto a los efectos laborales, la Disposición adicional primera establece que como consecuencia de la supresión de servicios, se producirá la «extinción de los contratos de trabajo que afecten a la totalidad de la plantilla», siguiendo el procedimiento del artículo 51 del Real Decreto Legislativo 1/1995 (Estatuto de los Trabajadores) sobre despidos colectivos. La empresa RTVV asume las «consecuencias económicas resultantes del proceso de disolución y liquidación» con cargo a los presupuestos de la Generalitat para 2014. Asimismo, la Generalitat se compromete a responder de las consecuencias económicas derivadas de la Sentencia 2.338/13, una vez que sean líquidas, vencidas y exigibles. La Ley deroga la Ley 3/2012 (Estatuto de RTVV) y entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (27.11.2013). --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** La Generalitat Valenciana decidió cerrar definitivamente su cadena de televisión y radio porque los costes de mantener más de mil empleados eran insostenibles durante la crisis. Por ley, todos los trabajadores de RTVV fueron despedidos según el procedimiento legal de despido colectivo, y la Generalitat quedó obligada a pagar todas las consecuencias económicas de esta medida, incluidas las derivadas de una anterior sentencia judicial. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Extinción de contratos por procedimiento colectivo**: Todos los trabajadores de RTVV fueron despedidos conforme al artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores. La Generalitat debe cumplir las obligaciones de preaviso, negociación con representantes y abono de indemnizaciones según normativa laboral vigente. ⚠️ **Riesgo de litigios laborales derivados**: La Sentencia 2.338/13 ya había declarado nulo un despido colectivo previo. Aunque esta Ley cierra la empresa de forma definitiva, la Generalitat asume la responsabilidad de las consecuencias económicas de aquella sentencia («una vez sean líquidas, vencidas y exigibles»), lo que puede generar reclamaciones adicionales. ✅ **Impacto presupuestario conocido y planificado**: La Ley prevé expresamente que los gastos de la disolución, liquidación e indemnizaciones se cubran mediante consignación presupuestaria en la Ley de Presupuestos de 2014. Así se evita sorpresas financieras para la Administración autonómica. ℹ️ **Relevancia transfronteriza**: Esta disolución ejemplifica cómo los entes públicos audiovisuales autonómicos españoles han debido adaptar su estructura durante la crisis (similar a situaciones en otras CCAA), reflejando una tendencia general de consolidación de la prestación de servicios públicos a escala nacional. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Ley 4/2013, la Comunitat Valenciana contaba con una empresa pública, Radiotelevisión Valenciana, SAU (RTVV), que prestaba servicios de radiodifusión y televisión de ámbito autonómico, con financiación estatal y regulación por la Comisión Nacional de los Mercados y Servicios (CNMC). Esta situación contrastaba con el modelo estatal, donde la televisión pública era gestionada por Televisión Española (TVE), y con el marco europeo, que exigía la liberalización del mercado audiovisual. La importancia de esta norma radica en que marcó el fin de un modelo autonómico de radiodifusión, reforzando la centralización y la transición hacia un sistema más eficiente y adaptado a las nuevas realidades económicas y tecnológicas.

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