Orden MinisterialNacionalvigente

Orden TAS/3651/2007, de 11 de diciembre, por la que se modifica la Orden TAS/2214/2005, de 4 de julio, por la que se regula la tramitación de las modificaciones de crédito en el Presupuesto de la Seguridad Social.

BOE-A-2007-21598Publicada: 15/12/2007MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

¿Qué dice esta ley?

**Flexibilización de plazos para modificar el presupuesto de la Seguridad Social** Esta orden ministerial introduce una excepción a los plazos habituales para solicitar cambios en el presupuesto de la Seguridad Social. Anteriormente, existían fechas límite estrictas para presentar estas solicitudes, especialmente aquellas que requerían aprobación ministerial. La normativa buscaba ordenar la gestión de los fondos públicos y asegurar que las modificaciones se tramitaran a tiempo. Lo que cambia concretamente es que ahora, de forma excepcional, la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social podrá aceptar solicitudes de modificación presupuestaria fuera de los plazos establecidos. Esto ocurrirá únicamente cuando existan circunstancias imprevistas y de gran importancia que hayan impedido presentar la solicitud a tiempo, permitiendo así una gestión más ágil ante imprevistos. La orden entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, lo que significa que los cambios fueron efectivos desde finales de 2007, permitiendo esta flexibilidad en la gestión presupuestaria de la Seguridad Social desde entonces. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta orden, la tramitación de modificaciones en el Presupuesto de la Seguridad Social estaba sujeta a plazos muy definidos, con fechas límite como el 31 de octubre o el 20 de octubre para ciertos casos. La Orden TAS/1382/2006 incluso había adelantado el plazo al 1 de octubre para algunas modificaciones. Esta nueva orden flexibiliza esa rigidez, permitiendo excepciones ante circunstancias sobrevenidas de singular relevancia. A diferencia de normativas más rígidas en otras áreas o legislaciones europeas, esta medida busca dotar de mayor agilidad a la gestión presupuestaria ante imprevistos, reconociendo la necesidad de adaptarse a realidades no contempladas en los plazos iniciales. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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