Real DecretoNacionalvigente

Orden INT/2229/2013, de 25 de noviembre, por la que se modifican los anexos I, V, VI y VII del Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo y la Orden INT/2323/2011, de 29 de julio, por la que se regula la formación para el acceso progresivo al permiso de conducción de la clase A.

BOE-A-2013-12566Publicada: 02/12/2013MINISTERIO DEL INTERIOR

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-23 Fuente original: ES-BOE-REA — Orden INT/2229/2013, de 25 de noviembre, por la que se modifican los anexos I, V ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN:** ES / ES-BOE-REA / Ministerio del Interior / Orden / 25 nov 2013 / INT/2229/2013 / Español / Tráfico-seguridad vial, permisos conducción, armonización UE, categorías vehículos / Nacional / MEDIA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Esta Orden adapta la normativa española sobre permisos de conducción para incorporar las modificaciones de la Directiva 2012/36/UE, actualizando los códigos de restricción que figuran en los permisos y las pruebas de examen según la clase de vehículo. --- **CONTEXTO** La Directiva 2006/126/CE armoniza los permisos de conducción en la UE. La Directiva 2012/36/UE introduce cambios técnicos para adaptarse a nuevos tipos de vehículos (categoría B1, motocicletas ligeras) y simplifica las pruebas de conocimiento excluyendo requisitos solo aplicables a transporte profesional. España debía incorporar estos cambios en su Reglamento General de Conductores aprobado por RD 818/2009. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La Orden modifica los anexos I, V, VI y VII del Reglamento General de Conductores y el artículo 2.3 de la Orden INT/2323/2011 de formación para acceso a clase A. **Anexo I (códigos UE armonizados del permiso):** Suprime códigos 72, 74, 75, 76, 77 (obsoletos); incorpora 46 (triciclos), 80 (triciclos motor para menores de 24 años), 81 (motocicletas dos ruedas para menores de 21 años), 90 (códigos de modificación: 90.01 izquierda, 90.02 derecha, 90.03, etc.), 97. Modifica códigos 73, 79 y 96: código 73 limita a categoría B1 (cuatriciclos ligeros); código 79 se subdivide en seis subcódigos (79.01 a 79.06) especificando restricciones por tipo: vehículos dos ruedas, AM tres ruedas o cuatriciclos ligeros, triciclos, triciclos con remolque hasta 750 kg, motocicletas A1 con relación potencia/peso superior a 0,1 kW/kg, vehículos BE con remolque mayor a 3500 kg. **Anexos V, VI, VII:** Adaptan las pruebas de control de conocimientos, aptitudes y comportamiento para clases C1, C1+E, A1, A2, A. El cambio principal es excluir del examen requisitos sobre legislación de transporte profesional, aplicable solo a conductores sujetos a esa normativa específica (*legislación relacionada con el transporte profesional*), no a conductores particulares. **Disposición transitoria (Orden INT/2323/2011):** Incorpora ampliación del plazo hasta 31 de diciembre de 2018 para que España, *optacionalmente*, autorice utilizar motocicletas que no cumplan los requisitos técnicos nuevos en pruebas clase A, conforme a Directiva 2013/47/UE. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** Los permisos españoles tendrán nuevos códigos de restricción más detallados y las pruebas se simplificarán excluyendo materias de transporte profesional innecesarias para conductores particulares. España dispone hasta finales de 2018 para decidir si permite motocicletas antiguas en exámenes de clase A. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Obligación/trámite:** Autoescuelas y órganos de tráfico deben adaptar inmediatamente pruebas, documentación e impresión de permisos a los nuevos códigos UE y restricciones por edad (80, 81) y tipo de vehículo (79.01-79.06). ⚠️ **Riesgo/precaución:** Los nuevos códigos 80 y 81 introducen restricciones por edad mínima en categoría A; verificar compatibilidad con permisos ya expedidos y régimen de revalidación o canje si procede. ℹ️ **Información:** La disposición transitoria sobre motocicletas es opcional para España; el Gobierno puede aplicar ya plenamente los requisitos nuevos (potencia máxima 35 kW clase A2, 70 kW clase A) o mantener excepción transitoria. ✅ **Favorable/oportunidad:** La armonización UE facilita reconocimiento mutuo de permisos entre Estados miembros y simplifica formación al excluir contenidos de normativa profesional específica, reduciendo carga administrativa. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden INT/2229/2013, la normativa española sobre permisos de conducción seguía el marco establecido por la Directiva 2006/126/CE, que armonizaba los permisos en la UE, y no incorporaba aún las modificaciones de la Directiva 2012/36/UE. Esta última introdujo cambios técnicos y simplificaciones, como la adaptación a nuevos tipos de vehículos y la eliminación de requisitos exclusivos para el transporte profesional. La importancia de esta Orden radica en su alineación con la normativa europea, garantizando la coherencia entre la legislación estatal, autonómica y la UE, y facilitando la movilidad de conductores y vehículos dentro del espacio común.

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