Orden PRE/2169/2013, de 18 de noviembre, por la que se modifican el anexo I del Real Decreto 1977/1999, de 23 de diciembre, por el que se establecen los principios relativos a la organización de los controles veterinarios sobre los productos procedentes de países terceros, y el anexo II del Real Decreto 1976/2004, de 1 de octubre, por el que se establecen las normas zoosanitarias aplicables a la producción, transformación, distribución e introducción de los productos de origen animal destinados
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-23 Fuente original: ES-BOE-ORD — Orden PRE/2169/2013, de 18 de noviembre ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** JURISDICCIÓN: ES | FUENTE: ES-BOE-ORD | ÓRGANO: Ministerios de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad | TIPO: Orden ministerial (transposición/incorporación UE) | FECHA: 2013-11-18 | IDENTIFICADOR: PRE/2169/2013 | IDIOMA ORIGINAL: ES | MATERIAS: veterinaria, seguridad alimentaria, zoosanitaria, productos de origen animal, controles de importación | ÁMBITO: nacional/comunitario | RELEVANCIA IW: **MEDIA** --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Incorpora al ordenamiento español las modificaciones de la Directiva 2013/20/UE que adaptan la normativa veterinaria y zoosanitaria tras la adhesión de Croacia a la Unión Europea (1 de julio de 2013). Actualiza los anexos de dos Reales Decretos para incluir a Croacia como Estado miembro en el régimen de controles de productos de origen animal. --- **CONTEXTO** Croacia accedió a la UE el 1 de julio de 2013, lo que requería adaptar toda la normativa comunitaria (incluyendo veterinaria, seguridad alimentaria y fitosanitaria) para incorporar al nuevo Estado miembro. La Directiva 2013/20/UE recoge estas modificaciones técnicas. España debe transponerlas mediante esta Orden para que la carne y productos de origen animal procedentes de Croacia dejen de tratarse como importaciones de terceros países, facilitando el comercio intracomunitario y armonizando los requisitos de inspección. Este cambio afecta directamente a mataderos, importadores y distribuidores de productos cárnicos españoles que operan en la cadena comunitaria. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La Orden modifica dos instrumentos normativos fundamentales: **1. Real Decreto 1977/1999** (Controles veterinarios de importación): Se sustituye el Anexo I (lista de territorios) para incluir explícitamente a Croacia como punto 10: «El territorio de la República de Croacia». Este anexo enumera los territorios cuyos productos de origen animal no están sujetos a inspección veterinaria de fronteras como si fueran importaciones de terceros países. La lista completa comprende ahora los 28 Estados miembros (incluyendo Reino Unido, cuya inclusión será posteriormente revisada tras el *Brexit*) más algunas excepciones territoriales como Ceuta, Melilla, Islas Feroe y Groenlandia. **2. Real Decreto 1976/2004** (Normas zoosanitarias): Se modifica el Anexo II, apartado 2, relativo a las marcas de inspección veterinaria en mataderos. Específicamente, se actualiza el sello ovalado de inspección (6,5 cm × 4,5 cm) para incluir nuevos códigos de país. El sello debe contener: a) código ISO del Estado miembro en mayúsculas (ahora incluye HR para Croacia, junto a AT, BE, DE, DK, ES, FI, FR, GR, IE, IT, LU, NL, PT, SE, UK); b) número de registro sanitario del matadero; c) grupo de iniciales autorizadas (CE, EC, EF, EG, EK, EY, EZ); d) dos líneas cruzadas para mantener visibilidad. Se especifican tamaños mínimos de letra (0,8 cm) y cifras (1 cm), e información de identificación del veterinario inspector. **Entrada en vigor**: al día siguiente de la publicación en el BOE (19 de noviembre de 2013). --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** Croacia, desde julio de 2013, es país de la UE. Por eso, los productos cárnicos que vienen de allí ya no necesitan inspección de importación como si fueran de fuera de Europa: se tratan como los de cualquier otro país comunitario. Los mataderos españoles deben actualizar sus sellos de inspección para incluir el código «HR» de Croacia. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** ✅ **Oportunidad comercial**: Croacia ya no se trata como país tercero. Facilita importación y distribución de productos cárnicos desde Croacia sin trámites aduaneros ni inspecciones de frontera equivalentes a terceros países. ⚠️ **Obligación de actualización**: Mataderos, plantas de procesamiento e instalaciones de envasado deben cambiar sus sellos de inspección veterinaria para incluir el código «HR» y los códigos de identificación del veterinario según normas de la comunidad autónoma. 📋 **Trámite de implementación**: Los órganos competentes de las comunidades autónomas (servicios veterinarios) deben dictar instrucciones complementarias para la identificación de veterinarios inspectores en los sellos. Plazo inmediato tras publicación en BOE. ℹ️ **Contexto transfronterizo**: Esta Orden refleja la ampliación de la UE a 28 miembros. Afecta directamente a operadores españoles que importan/distribuyen productos cárnicos dentro del espacio comunitario ampliado. Precedente normativo para futuras adhesiones o cambios de estatus en relaciones comunitarias (como el posterior *Brexit*). --- **VOTOS PARTICULARES** No constan. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de la adhesión de Croacia a la UE en 2013, los controles veterinarios y zoosanitarios sobre productos de origen animal procedentes de países terceros se regían por normativas estatales y comunitarias vigentes, sin incluir a Croacia. La Directiva 2013/20/UE adaptó la normativa comunitaria tras la incorporación de Croacia, obligando a los Estados miembros, como España, a transponer estas modificaciones. Esta actualización es relevante para garantizar la seguridad alimentaria y la coherencia con los estándares de la UE, permitiendo el comercio sin barreras sanitarias. La Orden PRE/2169/2013 actualiza los anexos de dos Reales Decretos para incluir a Croacia en el régimen de controles, asegurando la aplicación uniforme de las normas zoosanitarias.