Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 1/2009, de 8 de mayo, por la que se regula la incorporación de personal laboral fijo de carácter docente a los cuerpos de funcionarios docentes.

BOE-A-2009-12857Publicada: 03/08/2009COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

¿Qué dice esta ley?

**Nuevas vías para ser profesor funcionario en Asturias** Esta ley permite que el personal que ya trabaja como fijo en centros docentes de Asturias, y que antes dependía de otras administraciones, pueda convertirse en funcionario docente. Esto se aplica a aquellos que se incorporaron a la red de centros asturianos antes de que entrara en vigor la Ley Orgánica de Educación de 2006, o que lo hicieran en los tres años siguientes a su aplicación. Concretamente, se abre la puerta a que este personal pueda acceder a los cuerpos de funcionarios docentes a través de un proceso selectivo especial. Esto significa que no tendrían que pasar por el mismo proceso general que el resto de aspirantes, sino por unas pruebas diseñadas específicamente para ellos, tal y como prevé la legislación educativa estatal. La ley entró en vigor el 3 de agosto de 2009, fecha en la que se publicó oficialmente. Por lo tanto, los efectos y las posibilidades que abre esta normativa se aplican desde ese momento para el personal laboral fijo docente en los centros afectados dentro del Principado de Asturias. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta ley, la integración del personal laboral fijo docente en los cuerpos de funcionarios se regía por normativas estatales y autonómicas específicas. La Ley Orgánica de Educación de 2006 abrió la puerta a esta posibilidad a nivel nacional, pero requería que cada Comunidad Autónoma desarrollara su propio procedimiento. Asturias, a través de esta ley, establece su marco particular para facilitar esta transición, centrándose en el personal de centros que pasaron a su competencia. Esta iniciativa es relevante porque busca dar estabilidad y unificar el régimen del personal docente, equiparando condiciones y garantizando el acceso a la función pública bajo principios de igualdad y mérito, adaptados a una situación transitoria específica. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →