Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 718/2011, de 20 de mayo, por el que se establecen seis certificados de profesionalidad de la familia profesional Marítimo pesquera que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad.

BOE-A-2011-10679Publicada: 20/06/2011Ministerio de Trabajo e Inmigración

¿Qué dice esta ley?

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💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto, la formación profesional ocupacional y continua se integraba en el subsistema de formación profesional para el empleo, regulado por el Real Decreto 395/2007, en el marco del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional. Este Real Decreto 718/2011, aprobado por el Gobierno central a propuesta del Ministerio de Trabajo e Inmigración, establece seis certificados de profesionalidad específicos para la familia marítimo-pesquera, alineándose con la Ley Orgánica 5/2002 que define los certificados de profesionalidad como acreditaciones oficiales de competencias con validez en todo el territorio nacional. A diferencia de normativas autonómicas que podrían desarrollar aspectos específicos, esta norma estatal fija un estándar común. La importancia para el ciudadano radica en que estos certificados garantizan la cualificación profesional en un sector clave, facilitando la empleabilidad y el reconocimiento de sus competencias a nivel nacional, lo que no existía de forma tan detallada y específica para esta familia profesional hasta entonces. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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