Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 645/2011, de 9 de mayo, por el que se establecen cinco certificados de profesionalidad de la familia profesional Administración y gestión que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualizan los certificados de profesionalidad establecidos en el Real Decreto 1210/2009, de 17 de julio.

BOE-A-2011-9930Publicada: 08/06/2011MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN

¿Qué dice esta ley?

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💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto 645/2011, la normativa estatal, fundamentada en la Ley 56/2003 de Empleo y la Ley Orgánica 5/2002 de Cualificaciones y Formación Profesional, ya establecía el marco para la expedición de certificados de profesionalidad por la Administración competente, con validez nacional. Este Real Decreto se inserta en ese contexto, actualizando y añadiendo cinco certificados específicos de la familia profesional de Administración y Gestión al Repertorio Nacional, complementando lo ya regulado por el Real Decreto 1210/2009. A diferencia de las CCAA, que tienen competencias en la ejecución y desarrollo de la formación, la aprobación de estos certificados de profesionalidad recae en el Gobierno central, a propuesta del Ministerio de Trabajo e Inmigración. Esta diferencia es crucial para el ciudadano, ya que garantiza una uniformidad y reconocimiento a nivel estatal de las cualificaciones adquiridas, facilitando la movilidad laboral y la acreditación de competencias en todo el territorio. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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