Orden ESS/234/2014, de 17 de febrero, por la que se establecen para el año 2014 las bases de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores del Régimen Especial del Mar incluidos en los grupos segundo y tercero.
¿Qué dice esta ley?
**Actualización de las bases de cotización para trabajadores del mar** Esta orden ministerial establece las cantidades sobre las que los trabajadores del mar, pertenecientes a los grupos segundo y tercero del Régimen Especial del Mar, deben cotizar a la Seguridad Social durante el año 2014. Se trata de fijar las bases de cotización, que son la referencia para calcular las aportaciones que realizan tanto los trabajadores como las empresas a la Seguridad Social. Concretamente, la orden determina estas bases de cotización basándose en las remuneraciones medias que estos trabajadores percibieron durante el año 2013. La cuantía se establece de forma diferenciada según la provincia, el tipo de pesca en la que se trabaje y la categoría profesional del trabajador, garantizando así una mayor precisión en el cálculo. La orden entró en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, que fue el 19 de febrero de 2014. Por lo tanto, las bases de cotización actualizadas se aplicaron desde esa fecha para todo el año 2014. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
La Orden ESS/234/2014 actualiza las bases de cotización para los grupos segundo y tercero del Régimen Especial del Mar, un procedimiento anual necesario para adaptar las aportaciones a la Seguridad Social a la realidad salarial del sector. Antes de esta orden, se aplicaban las bases establecidas para el año anterior o las que se derivaban de normativas previas. A diferencia de otras normativas que pueden tener un carácter más general o autonómico, esta orden es de ámbito nacional y específica para un colectivo concreto. Su aprobación es competencia del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, previa consulta con las organizaciones representativas del sector. Su importancia radica en que afecta directamente a la recaudación de la Seguridad Social y a la protección de los trabajadores del mar. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────