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ResoluciónNacionalvigente

Intercambio de Notas Verbales en relación con la aplicación del Convenio de Seguridad Social entre España y Japón, hecho en Tokio el 12 de noviembre de 2008.

BOE-A-2015-6466Publicada: 11/06/2015MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**España y Japón ajustan sus convenios de pensiones** Este acuerdo detalla cómo se aplicará el convenio de seguridad social entre España y Japón tras una reforma en el sistema de pensiones japonés. Busca asegurar que los ciudadanos de ambos países que trabajen en el otro sigan teniendo sus derechos de pensión protegidos y coordinados. Concretamente, a partir del 1 de octubre de 2015, ciertos sistemas de pensiones japoneses se unificarán bajo el Seguro de Pensiones de los Asalariados. Esto afectará a funcionarios y personal de colegios privados japoneses, quienes podrán acceder a este seguro y recibirán pensiones complementarias bajo nuevas condiciones. La entrada en vigor de estos cambios se establece para el 1 de octubre de 2015, coincidiendo con la reforma legislativa japonesa. El objetivo es mantener la coherencia y la protección de los derechos de los trabajadores transfronterizos entre ambos países. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Este documento es una nota verbal entre la Embajada de Japón en España y el Ministerio de Asuntos Exteriores español, fechada en 2015, que aclara la aplicación del Convenio de Seguridad Social bilateral de 2008 ante una reforma del sistema de pensiones japonés. Antes de esta nota, el convenio ya existía, pero la reforma japonesa requería ajustes para su correcta aplicación. A diferencia de otros convenios bilaterales que pueden tener cláusulas más genéricas, este acuerdo especifica los cambios concretos en la unificación de sistemas de pensiones japoneses. La importancia radica en garantizar la continuidad y la protección de los derechos de seguridad social de los ciudadanos de ambos países que residen o trabajan en el otro, evitando lagunas o confusiones tras la modificación legislativa nipona. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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