Orden MinisterialNacionalvigente

Orden ESS/1096/2017, de 13 de noviembre, por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio 2017 para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social.

BOE-A-2017-13064Publicada: 14/11/2017MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden ESS/1096/2017, de 13 de noviembre, por la que se regulan las operaciones d ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden ESS/1096/2017 establece los plazos y procedimientos para el cierre del ejercicio 2017 en el sistema de la Seguridad Social, regulando la tramitación de expedientes de gasto, la remisión de documentación contable y la coordinación entre órganos gestores y de control financiero. 2. **CONTEXTO** Esta norma se enmarca en el marco de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, y en los presupuestos de cada ejercicio. Su objetivo es garantizar el adecuado registro de operaciones al finalizar el ejercicio presupuestario, asegurando la transparencia y el control financiero. La norma se elabora siguiendo los principios de la buena regulación establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden ESS/1096/2017 regula las operaciones de cierre del ejercicio 2017 para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social. Establece plazos para la tramitación de expedientes de gasto a fiscalizar e intervenir, así como para la remisión de la documentación contable necesaria para el registro de operaciones, la ordenación de pagos y su realización. Además, fija fechas específicas para la remisión de información por parte de los órganos gestores a las oficinas de contabilidad y a los órganos de control financiero, con el fin de garantizar el adecuado registro de todas las operaciones propias de fin de ejercicio y las actuaciones de control financiero permanente, según el artículo 159.1.g) de la Ley 47/2003. En cuanto a las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social que hayan realizado gastos con financiación afectada, se les exige acreditar su cuantía mediante certificación autorizada por el director general correspondiente, la cual debe remitirse a la Tesorería General de la Seguridad Social con fecha límite 30 de abril de 2018. Esta certificación podrá ser complementada con aclaraciones necesarias sobre la imputación de gastos realizada. La norma incluye una disposición adicional única que establece que la Tesorería General de la Seguridad Social adoptará las medidas necesarias para que la información referida en el artículo 2.5, así como toda aquella que deba suministrar al resto de las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social con ocasión del cierre del ejercicio, esté disponible en poder de los servicios correspondientes en la primera semana de marzo de 2018. Además, se faculta a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social para dictar instrucciones necesarias para la ejecución y desarrollo de lo dispuesto en esta orden. El registro contable de todas las operaciones contempladas en esta orden, así como de las correspondientes a la regularización y cierre del ejercicio 2017, se realizará de acuerdo con los criterios que dicte la Intervención General de la Seguridad Social, en virtud del artículo 125.3 de la Ley 47/2003. Finalmente, la orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden ESS/1096/2017 establece plazos y procedimientos para el cierre del ejercicio 2017 en el sistema de la Seguridad Social, garantizando el registro adecuado de operaciones y la coordinación entre órganos gestores y de control. La norma se fundamenta en principios de buena regulación y se aplica mediante instrucciones de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Plazos claros**: Establece fechas específicas para la remisión de información y documentación contable. ⚠️ **Control financiero**: Refuerza la supervisión de gastos y operaciones al finalizar el ejercicio. 📋 **Procedimiento obligatorio**: Las entidades deben cumplir con certificaciones y remisiones a la Tesorería. ℹ️ **Regulación por principios**: Se respeta la buena regulación y se aplican criterios de necesidad, eficacia y proporcionalidad. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 13 de noviembre de 2017 - **Materias**: Seguridad Social, Presupuestos, Control financiero, Contabilidad - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: cierre ejercicio, Seguridad Social, control financiero, Ley 47/2003, Intervención General, Tesorería General ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden Ministerial, la regulación general de las operaciones de cierre presupuestario para las entidades de la Seguridad Social se basaba en la Ley General Presupuestaria y en las Leyes de Presupuestos de cada ejercicio. Esta Orden complementa dicha normativa, especificando procedimientos y plazos para el cierre del ejercicio 2017, algo que se ha venido haciendo anualmente con ajustes. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que tienen sus propias normativas de gestión presupuestaria, esta orden es de ámbito nacional y se enmarca en el ordenamiento jurídico estatal, sin que existan directivas de la UE que regulen directamente este nivel de detalle operativo. La norma es aprobada por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, y su importancia para el ciudadano radica en garantizar la correcta y eficiente gestión de los fondos públicos destinados a la Seguridad Social, asegurando la transparencia y la adecuada rendición de cuentas en el uso de los recursos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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