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Corrección de errores de la Resolución de 9 de octubre de 2017, de la Dirección General de Empleo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2018.

BOE-A-2017-12209Publicada: 25/10/2017MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores de la Resolución de 9 de octubre de 2017, de la Dirección ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución corrige un error en la publicación de la relación de fiestas laborales para el año 2018, especificando que la festividad de La Inmaculada Concepción en Canarias debe marcarse con un asterisco como Fiesta Nacional no sustituible. 2. **CONTEXTO** La Dirección General de Empleo publicó en el BOE núm. 245, de 11 de octubre de 2017, una resolución con la relación de fiestas laborales para el año 2018. Se detectó un error en la representación de la festividad de La Inmaculada Concepción en la Comunidad Autónoma de Canarias. Se procede a la corrección de dicho error para garantizar la precisión de la información. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de corrección de errores de la Dirección General de Empleo, publicada en el BOE núm. 245, de 11 de octubre de 2017, corrige un error en la relación de fiestas laborales para el año 2018. En concreto, en el «ANEXO Año 2018», en el cuadro correspondiente al mes de diciembre, el día 8, festividad de La Inmaculada Concepción, que figura en blanco y sin codificar en la columna correspondiente a la Comunidad Autónoma de Canarias, debe figurar marcado con un asterisco (*), al corresponder a una Fiesta Nacional no sustituible. Este error se detectó en la página 98994 del BOE. La corrección se realiza para garantizar la precisión de la información publicada y cumplir con el marco legal vigente sobre festividades laborales. La normativa vigente establece que las fiestas laborales deben ser publicadas con claridad y precisión, incluyendo las fiestas nacionales no sustituibles, que no pueden ser reemplazadas por otros días laborales. En este caso, la festividad de La Inmaculada Concepción, aunque es una festividad regional en Canarias, también se considera Fiesta Nacional no sustituible, por lo que su representación debe ser clara y diferenciada. La corrección se efectúa mediante una resolución de corrección de errores, lo que permite rectificar información publicada previamente sin necesidad de una nueva publicación completa. Esta medida se ajusta al derecho administrativo, que permite la rectificación de errores en actos publicados, siempre que se haga en el plazo legal y con la debida formalidad. La resolución no introduce cambios sustanciales en la relación de fiestas laborales, sino que corrige un error de representación, lo cual no afecta el derecho de los trabajadores a disfrutar de las festividades establecidas. La corrección se realiza en el marco de la Ley 35/2015, de 1 de octubre, de Estatuto Básico del Empleado Público, y de la normativa reguladora de las fiestas laborales, que establece que las fiestas nacionales no sustituibles deben ser publicadas con claridad y precisión. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La resolución corrige un error en la publicación de la festividad de La Inmaculada Concepción en Canarias. Se marca con un asterisco como Fiesta Nacional no sustituible. La corrección se realiza para garantizar la precisión de la información. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de error**: Se corrige un error en la publicación de la relación de fiestas laborales para el año 2018. ⚠️ **Fiesta Nacional no sustituible**: La festividad de La Inmaculada Concepción en Canarias debe marcarse con un asterisco. 📋 **Publicación en el BOE**: La corrección se publica en el BOE núm. 245, de 11 de octubre de 2017. ℹ️ **Normativa aplicable**: La corrección se ajusta a la Ley 35/2015, de Estatuto Básico del Empleado Público. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: BOE núm. 245, de 11 de octubre de 2017 - **Tipo**: Resolución de corrección de errores - **Fecha**: 11 de octubre de 2017 - **Materias**: Fiestas laborales, corrección de errores, derecho laboral - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La presente corrección de errores, emitida por la Dirección General de Empleo en 2017, rectifica un detalle en la publicación de las fiestas laborales para 2018, específicamente en relación con el festivo nacional de la Inmaculada Concepción en Canarias. Anteriormente, este día aparecía sin codificar para dicha comunidad autónoma, a pesar de ser una fiesta nacional no sustituible, un estatus que comparte con el resto del territorio español y que está alineado con la normativa estatal que establece los días festivos de carácter nacional. La omisión de este marcado en Canarias podía generar confusión sobre su obligatoriedad, afectando al ciudadano al no tener certeza sobre si ese día se consideraba laborable o no en su comunidad, impactando en su planificación personal y profesional. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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