Real Decreto 1077/2017, de 29 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2018.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1077/2017, de 29 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. 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Este incremento se calcula considerando el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) y el Acuerdo Social para el incremento del Salario Mínimo Interprofesional 2018-2020, suscrito el 26 de diciembre de 2017. El Real Decreto establece que el salario mínimo interprofesional se aplica a todos los trabajadores, sin distinción de sexo ni edad, en la agricultura, la industria y los servicios. Además, se establece que, en los casos en que se aplican normas no estatales o contratos privados, el salario mínimo se calcula incrementando el salario mínimo del año anterior en el mismo porcentaje que se haya incrementado el IPREM. En el artículo 2, se detalla que el salario mínimo interprofesional se aplica a todos los trabajadores, incluyendo los eventuales y temporeros, así como los empleados de hogar. Se establece que, salvo disposición o acuerdo en contrario, la cuantía del salario mínimo se refiere a las establecidas en el Real Decreto 1171/2015, incrementadas en el mismo porcentaje que el IPREM para 2018. En el artículo 3, se establece que los contratos privados cuyos salarios sean inferiores al salario mínimo interprofesional deben ser modificados para garantizar la percepción de las cuantías establecidas. Se aplican las reglas de compensación y absorción establecidas en el artículo 3 del Real Decreto. La disposición final primera habilita a la Ministra de Empleo y Seguridad Social para dictar disposiciones de aplicación y desarrollo del real decreto. La disposición final segunda establece que el real decreto entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado y tendrá efectos durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018. El salario mínimo interprofesional se aplica a todos los trabajadores, independientemente de su contrato o situación laboral, y se fija en base a criterios económicos y sociales, con el objetivo de garantizar una mejora de las condiciones laborales y de vida de los trabajadores. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1077/2017 establece el salario mínimo interprofesional para 2018, con un incremento del 4% respecto al año anterior. Este incremento se calcula considerando el IPREM y el Acuerdo Social. El salario mínimo se aplica a todos los trabajadores, sin distinción de género, edad o tipo de contrato. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Incremento del 4%**: El salario mínimo interprofesional se eleva un 4% respecto al año anterior. ⚠️ **Consideración del IPREM**: El cálculo se basa en el indicador público de renta de efectos múltiples. 📋 **Aplicación general**: Se aplica a todos los trabajadores, sin distinción de género, edad o tipo de contrato. ℹ️ **Vigencia**: El real decreto entra en vigor el día siguiente a su publicación y tiene efectos durante 2018. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 1077/2017 - **Tipo**: Norma reguladora - **Fecha**: 29 de diciembre de 2017 - **Materias**: Salario mínimo interprofesional, derecho laboral, derecho social - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de este Real Decreto 1077/2017, el salario mínimo interprofesional (SMI) para 2017 estaba vigente, y su fijación anual es una competencia exclusiva del Gobierno central, tal como establece el Estatuto de los Trabajadores. Esta normativa estatal, que marca un suelo salarial para todo el territorio nacional, se diferencia de las competencias autonómicas en otras materias, ya que el SMI no es competencia de las Comunidades Autónomas. La aprobación de este real decreto, que incrementa el SMI un 4% para 2018 tras un acuerdo social, es un acto del Consejo de Ministros. Para el ciudadano, esta diferencia es crucial porque el SMI impacta directamente en su poder adquisitivo y en las condiciones laborales mínimas garantizadas, afectando a trabajadores fijos, eventuales y del hogar, y sirviendo de base para negociaciones salariales. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────