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ResoluciónNacionalvigente

Resolución de 2 de enero de 2018, de la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se modifica la de 16 de julio de 2004, sobre determinación de funciones en materia de gestión recaudatoria de la Seguridad Social.

BOE-A-2018-462Publicada: 15/01/2018MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 2 de enero de 2018, de la Tesorería General de la Seguridad Social ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Resolución de 2 de enero de 2018 modifica la instrucción quinta de la Resolución de 2004, reorganizando la competencia para la devolución de ingresos indebidos y saldos acreedores en la Seguridad Social, concentrando dicha competencia en menos órganos. **2. CONTEXTO** La Resolución de 2004 establecía que la competencia para dictar resoluciones de devolución de ingresos indebidos y expedir documentos contables correspondía a diversos órganos según la cuantía de la cantidad. La nueva resolución busca simplificar y centralizar esta competencia para mejorar la eficiencia en el proceso de devolución. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 2 de enero de 2018, de la Tesorería General de la Seguridad Social, modifica la instrucción quinta de la Resolución de 16 de julio de 2004, con el objetivo de reorganizar la competencia en materia de devolución de ingresos indebidos y saldos acreedores. La instrucción quinta original atribuía dicha competencia a múltiples órganos, según la cuantía de la cantidad a devolver. Por ejemplo, el artículo 1.1 establecía que los Directores de Administración podían autorizar devoluciones de ingresos indebidos no superiores a 9.000 euros, mientras que el artículo 1.3 asignaba la competencia al Director Provincial para cantidades entre 500.000 y 1.000.000 euros. El artículo 1.4 mencionaba que el titular de la Subdirección General de Recaudación en Periodo Voluntario se encargaba de devoluciones correspondientes a recursos gestionados en órganos centrales, siempre que no superaran los 1.000.000 euros. Finalmente, el artículo 1.5 atribuía la competencia al Director General para cantidades superiores a 1.000.000 euros. La nueva redacción introduce un apartado 2, que establece que la competencia para expedir y autorizar documentos contables, independientemente de la cantidad, corresponde al titular de la Dirección Provincial, salvo cuando la gestión recaudatoria esté atribuida a órganos centrales, en cuyo caso corresponde al titular de la Subdirección General de Recaudación en Periodo Voluntario. Este cambio busca reducir el número de documentos contables generados, acelerar el proceso de devolución y aumentar la frecuencia de pago. Además, el artículo 2 establece que lo dispuesto en esta resolución entrará en vigor el 30 de enero de 2018. Esta modificación afecta tanto a las devoluciones de ingresos indebidos como a los saldos acreedores en las liquidaciones de cuotas a la Seguridad Social. La redacción de la instrucción quinta se actualiza para reflejar esta nueva organización, con el fin de simplificar y centralizar los trámites en menos órganos, mejorando la eficiencia del sistema recaudatorio. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución de 2018 modifica la competencia en materia de devolución de ingresos indebidos y saldos acreedores, centralizando los trámites en menos órganos para mejorar la eficiencia. La nueva redacción introduce un apartado que establece la competencia exclusiva de los órganos provinciales y centrales para expedir documentos contables, independientemente de la cuantía de la cantidad. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Concentración de competencias**: La nueva resolución centraliza la competencia en menos órganos para simplificar el proceso. ⚠️ **Reducción de documentos contables**: Se busca reducir la cantidad de documentos generados para acelerar la devolución. 📋 **Nueva redacción de la instrucción quinta**: Se introduce un nuevo apartado que establece la competencia para expedir documentos contables. ℹ️ **Entrada en vigor**: La resolución entra en vigor el 30 de enero de 2018. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 2 de enero de 2018, de la Tesorería General de la Seguridad Social - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 2 de enero de 2018 - **Materias**: Seguridad Social, Recaudación, Devolución de ingresos indebidos, Documentos contables - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Resolución de 2018 de la Tesorería General de la Seguridad Social modifica una instrucción previa de 2004, centralizando la competencia para resolver devoluciones de ingresos indebidos y saldos acreedores. Antes, esta función se distribuía entre diversos cargos provinciales y centrales, generando múltiples documentos contables. La normativa estatal y las directivas europeas en materia de gestión tributaria y de la seguridad social buscan la eficiencia y la agilización de los procedimientos, si bien la distribución exacta de competencias puede variar entre administraciones. Esta modificación, aprobada por la Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social, simplifica el proceso al atribuir la competencia exclusivamente a los Directores Provinciales y al titular de la Subdirección General de Recaudación en Periodo Voluntario. Para el ciudadano, esta concentración implica una potencial reducción en los tiempos de espera para recibir las devoluciones, mejorando la agilidad administrativa. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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