Orden ESS/294/2018, de 12 de marzo, por la que se modifica la Orden ESS/249/2014, de 13 de febrero, por la que se crean y regulan la Junta de Contratación y la Mesa Única de Contratación del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden ESS/294/2018, de 12 de marzo, por la que se modifica la Orden ESS/249/2014 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden ESS/294/2018 modifica la Orden ESS/249/2014 para adaptar la composición de la Junta de Contratación del Ministerio de Empleo y Seguridad Social a la normativa vigente, excluyendo a los altos cargos de su composición. 2. **CONTEXTO** La Orden ESS/249/2014 establecía la composición de la Junta de Contratación, asignando la presidencia al titular de la Subsecretaría. Sin embargo, el artículo 323.4 de la Ley 9/2017 prohibía la participación de altos cargos en las Juntas de Contratación. La Ley 40/2015 definía al Subsecretario como alto cargo, lo que generaba una contradicción. Para resolverlo, se modificó la Orden ESS/249/2014 con la Orden ESS/294/2018. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden ESS/294/2018, publicada el 12 de marzo de 2018, modifica la Orden ESS/249/2014, de 13 de febrero, con el objetivo de adaptar la composición de la Junta de Contratación del Ministerio de Empleo y Seguridad Social a la normativa vigente. La modificación se realiza en las letras a), b) y c) del artículo 3.1 de la Orden ESS/249/2014, que establecían la composición de la Junta de Contratación. El artículo 323.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, establece que en ningún caso podrán formar parte de las Juntas de Contratación los altos cargos. Por lo tanto, se debía evitar la participación de altos cargos en dichas juntas. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en su artículo 55.6, define como alto cargo a los órganos superiores y directivos del sector público, excepto los Subdirectores generales y asimilados. Esto significa que el Subsecretario, siendo un órgano directivo, se considera alto cargo. La Orden ESS/249/2014, modificada por la Orden ESS/923/2017, establecía que la Junta de Contratación estaba presidida por el titular de la Subsecretaría. Sin embargo, esto contradecía la normativa vigente, ya que el Subsecretario era un alto cargo. Por ello, la Orden ESS/294/2018 modifica la composición de la Junta de Contratación, eliminando a los altos cargos de su estructura. En concreto, las letras a), b) y c) del artículo 3.1 de la Orden ESS/249/2014 quedan redactadas como sigue: - **a)** Presidente: El titular de la Subdirección General de Administración Financiera. - **b)** Vicepresidente primero: El titular de la Subdirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones. - **c)** Vicepresidente segundo: El titular de la Oficialía Mayor. Estas modificaciones se realizan con el fin de garantizar el cumplimiento de la normativa vigente, que prohíbe la participación de altos cargos en las Juntas de Contratación. La disposición final única establece que la presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden ESS/294/2018 modifica la composición de la Junta de Contratación del Ministerio de Empleo y Seguridad Social para eliminar a los altos cargos de su estructura. Esta modificación se realiza con el objetivo de cumplir con la normativa vigente, que prohíbe la participación de altos cargos en dichas juntas. La orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de la composición de la Junta de Contratación** para eliminar a los altos cargos. ⚠️ **El Subsecretario, considerado alto cargo, no puede presidir la Junta de Contratación**. 📋 **Se asignan nuevas funciones a otros cargos de la Administración**. ℹ️ **La normativa vigente prohíbe la participación de altos cargos en las Juntas de Contratación**. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden ESS/294/2018 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 12 de marzo de 2018 - **Materias**: Contratación pública, organización administrativa, alto cargo, Junta de Contratación - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
La Orden ESS/294/2018 modifica una regulación previa del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, concretamente la Orden ESS/249/2014, que establecía la composición de su Junta de Contratación. La normativa estatal vigente, la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, que transpone directivas europeas, prohíbe la participación de altos cargos en estas juntas. Anteriormente, la presidencia de la Junta del Ministerio recaía en el titular de la Subsecretaría, quien, según la Ley 40/2015, ostenta la condición de alto cargo. Esta modificación, aprobada por la Ministra de Empleo y Seguridad Social con el visto bueno del Ministro de Hacienda, alinea la composición de la junta con la ley estatal, sustituyendo al alto cargo por titulares de Subdirecciones Generales. Para el ciudadano, esta diferencia es relevante porque busca asegurar una mayor objetividad e imparcialidad en los procesos de contratación pública, evitando posibles conflictos de interés derivados de la participación de altos cargos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────