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Real Decreto 1462/2018, de 21 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2019.

BOE-A-2018-17773Publicada: 27/12/2018Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1462/2018, de 21 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1462/2018 establece el salario mínimo interprofesional para el año 2019, incrementado un 22,3% respecto al año anterior, con el objetivo de mejorar las condiciones de vida de los trabajadores y reducir la pobreza laboral. 2. **CONTEXTO** Este real decreto se dicta en cumplimiento del artículo 27.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. El salario mínimo interprofesional se fija anualmente por el Gobierno para garantizar un nivel de vida decoroso a los trabajadores y sus familias. El incremento se calcula considerando factores económicos y recomendaciones internacionales, como las del Comité Europeo de Derechos Sociales. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1462/2018, de 21 de diciembre, establece el salario mínimo interprofesional para el año 2019, con una subida del 22,3% respecto al salario vigente en 2018. Este incremento se fundamenta en la mejora de las condiciones económicas generales y en la necesidad de prevenir la pobreza en el trabajo, según el artículo 27.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (TRLST), aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. El salario mínimo interprofesional se aplica tanto a los trabajadores fijos como a los eventuales, temporeros y empleados de hogar. El incremento se calcula considerando los factores económicos y sociales que se establecen en el artículo 27.1 del TRLST, incluyendo la evolución del salario medio de los trabajadores y las recomendaciones internacionales, como las del Comité Europeo de Derechos Sociales, que sugieren que el salario mínimo debe situarse en el 60% del salario medio. El Real Decreto establece que el salario mínimo interprofesional para 2019 será de 900 euros mensuales, lo que representa un incremento significativo respecto a 2018. Este incremento se aplica a partir del 1 de enero de 2019. Además, el real decreto establece que el salario mínimo interprofesional se aplica a distintos tipos de contratos y normas, según la fecha de entrada en vigor. Por ejemplo, se aplicará a las normas vigentes a partir del 1 de enero de 2017, incrementadas en el mismo porcentaje que se aplica al IPREM (Índice de Precios de Referencia de la Seguridad Social) para 2019. También se aplicará a las normas vigentes a partir del 1 de enero de 2018, según el Real Decreto 1077/2017. El real decreto establece que los contratos privados con salarios inferiores al salario mínimo interprofesional deben ser modificados para que se ajusten a las nuevas cuantías. Se aplican las reglas de compensación y absorción establecidas en el artículo 3 del TRLST. Finalmente, el real decreto establece que entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado y tendrá efectos durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019. La Ministra de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social se habilita para dictar disposiciones de aplicación y desarrollo del real decreto. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1462/2018 establece un salario mínimo interprofesional para 2019 de 900 euros mensuales, incrementado un 22,3% respecto a 2018. Este incremento busca mejorar las condiciones de vida de los trabajadores y reducir la pobreza laboral. El real decreto se aplica a distintos tipos de contratos y normas vigentes, y establece que los contratos privados con salarios inferiores deben ser modificados. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Salario mínimo interprofesional para 2019**: 900 euros mensuales, un incremento del 22,3% respecto a 2018. ⚠️ **Aplicación a distintos tipos de contratos**: Se aplica a trabajadores fijos, eventuales, temporeros y empleados de hogar. 📋 **Reglas de compensación y absorción**: Los contratos privados con salarios inferiores deben ser modificados. ℹ️ **Entrada en vigor**: El real decreto entra en vigor el día siguiente a su publicación en el BOE y tiene efectos del 1 de enero al 31 de diciembre de 2019. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 1462/2018 - **Tipo**: Norma reguladora - **Fecha**: 21 de diciembre de 2018 - **Materias**: Salario mínimo interprofesional, derechos laborales, pobreza, contratos de trabajo - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto, el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2018 estaba vigente, y su fijación anual es una competencia exclusiva del Gobierno central, tal como establece el Estatuto de los Trabajadores, sin que las Comunidades Autónomas tengan potestad para establecer un SMI propio, a diferencia de otros países de la UE donde puede haber variaciones regionales. La aprobación de este Real Decreto, que supuso un incremento significativo del 22,3% hasta los 900 euros mensuales, fue fruto de la consulta con las organizaciones sindicales y empresariales más representativas. Esta diferencia es crucial para el ciudadano, ya que un SMI más elevado impacta directamente en su poder adquisitivo, contribuye a la prevención de la pobreza laboral y la desigualdad, y se alinea con recomendaciones internacionales para garantizar una remuneración digna. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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