Orden MinisterialNacionalvigente

Resolución de 4 de diciembre de 2018, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, por la que se establece el plazo especial para el ingreso de las diferencias resultantes de la aplicación de la Orden TMS/1289/2018, de 29 de noviembre, por la que se fijan para el ejercicio 2018 las bases normalizadas de cotización a la Seguridad Social, por contingencias comunes, en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón.

BOE-A-2018-17219Publicada: 17/12/2018MINISTERIO DE TRABAJO, MIGRACIONES Y SEGURIDAD SOCIAL

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 4 de diciembre de 2018, de la Secretaría de Estado de la Seguridad ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 4 de diciembre de 2018 establece un plazo especial para el ingreso de las diferencias de cotización derivadas de la aplicación de la Orden TMS/1289/2018 en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón. 2. **CONTEXTO** La Orden TMS/1289/2018 fija las bases normalizadas de cotización para el ejercicio 2018 en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón. Esta orden autoriza a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social a establecer un plazo especial para el ingreso de las diferencias que puedan surgir al aplicar dichas bases. La Resolución de 2018 se emite con el fin de regular este plazo. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 4 de diciembre de 2018, publicada en el Boletín Oficial del Estado, establece un plazo especial para el ingreso de las diferencias de cotización que surjan de la aplicación de la Orden TMS/1289/2018, de 29 de noviembre de 2018. Esta orden, a su vez, fija las bases normalizadas de cotización para el ejercicio 2018 en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón. La disposición adicional de la Orden TMS/1289/2018 autoriza a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social a fijar un plazo especial para el ingreso de las diferencias que resulten de la aplicación de dichas bases. La Resolución de 2018 establece que las diferencias de cotización, que se generan al aplicar las bases normalizadas de la Orden TMS/1289/2018, respecto de las cotizaciones efectuadas durante el ejercicio 2018, se ingresarán en un único plazo correspondiente al mes de enero de 2019. Este plazo especial se aplica a las diferencias que surjan entre las cotizaciones realizadas hasta el mes anterior a la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial del Estado y las cotizaciones que deberían haberse realizado según las bases normalizadas establecidas en la Orden TMS/1289/2018. La Resolución se publica en el Boletín Oficial del Estado el 4 de diciembre de 2018, y su entrada en vigor se produce en el momento de su publicación. El plazo especial se aplica exclusivamente a las diferencias de cotización que se generen en el ejercicio 2018, y su cumplimiento es obligatorio para los contribuyentes afectados. Esta norma se enmarca dentro del marco legal de la Seguridad Social, concretamente en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón, y tiene como objetivo garantizar la correcta aplicación de las bases normalizadas de cotización y facilitar el cumplimiento de las obligaciones de cotización por parte de los empleadores y trabajadores del sector. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución de 2018 establece un plazo especial para el ingreso de las diferencias de cotización derivadas de la aplicación de la Orden TMS/1289/2018. Este plazo se aplica exclusivamente al ejercicio 2018 y se cumple en el mes de enero de 2019. La norma busca garantizar el cumplimiento de las obligaciones de cotización en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Plazo especial**: Se establece un único plazo para el ingreso de diferencias de cotización en enero de 2019. ⚠️ **Aplicación limitada**: Solo aplica a las diferencias generadas en el ejercicio 2018. 📋 **Regulación obligatoria**: El cumplimiento es obligatorio para los contribuyentes afectados. ℹ️ **Contexto normativo**: Se deriva de la Orden TMS/1289/2018, que fija las bases normalizadas de cotización. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 4 de diciembre de 2018 - **Materias**: Seguridad Social, Cotización, Régimen Especial, Minería del Carbón - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta resolución, la Orden TMS/1289/2018 ya había establecido nuevas bases normalizadas de cotización para el Régimen Especial de la Minería del Carbón en 2018. Esta resolución actual, emitida por la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, simplemente concreta el plazo para abonar las diferencias resultantes de esa actualización, permitiendo un pago único en enero de 2019. A diferencia de normativas generales que establecen plazos de pago más inmediatos o fraccionados, esta medida responde a la especificidad del sector minero y su régimen especial, aprobado a nivel estatal. La diferencia es relevante para los trabajadores y empresas de este sector, ya que les otorga un margen temporal para afrontar un pago adicional, evitando posibles dificultades financieras inmediatas derivadas de la aplicación retroactiva de las nuevas bases de cotización. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →