Resolución de 7 de diciembre de 2018, de la Secretaría de Estado de Empleo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Plan de Choque por el Empleo Joven 2019-2021.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 7 de diciembre de 2018, de la Secretaría de Estado de Empleo, por ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 7 de diciembre de 2018 publica el Acuerdo del Consejo de Ministros que aprueba el Plan de Choque por el Empleo Joven 2019-2021, con el objetivo de mejorar la integración laboral de los jóvenes mediante medidas integradas y holísticas. 2. **CONTEXTO** El Plan de Choque por el Empleo Joven 2019-2021 fue adoptado en la reunión del Consejo de Ministros del 7 de diciembre de 2018. La Secretaría de Estado de Empleo se encargó de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. El documento fue elaborado en colaboración con las Comunidades Autónomas y consultado con organizaciones sindicales, empresariales y otras entidades relevantes. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 7 de diciembre de 2018, publicada por la Secretaría de Estado de Empleo, tiene como finalidad dar publicidad al Acuerdo del Consejo de Ministros de la misma fecha, que aprueba el Plan de Choque por el Empleo Joven 2019-2021. Este acuerdo establece una estrategia integral para mejorar la integración laboral de los jóvenes, con el objetivo de alcanzar niveles de crecimiento económico que permitan generar empleo estable o flexible, basado en sectores de futuro y con alto valor añadido. El Plan se fundamenta en tres ejes principales: recuperar la calidad del empleo, luchar contra la brecha de género en el empleo y reducir el desempleo juvenil. El Plan se elaboró en colaboración con las Comunidades Autónomas y se consultó a organizaciones sindicales, empresariales, entidades locales, interlocutores sociales y económicos, así como entidades responsables de juventud, educación y servicios sociales. Los compromisos derivados del Plan quedan condicionados a las disponibilidades presupuestarias existentes en los ejercicios 2019, 2020 y 2021, de acuerdo con la senda de consolidación fiscal fijada por el Gobierno. Además, el Acuerdo establece que las actuaciones recogidas en el Plan para las que resulten competentes las Comunidades Autónomas no tendrán carácter obligatorio, sino potestativo. Esto significa que las Administraciones autonómicas podrán decidir si aplican o no las medidas propuestas, sin que ello implique una obligación legal. El Acuerdo se aprueba en su virtud a propuesta de la Ministra de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, Magdalena Valerio Cordero, y se publica en el Boletín Oficial del Estado como anexo a la Resolución. La Resolución se firma en Madrid el 7 de diciembre de 2018, por la Secretaria de Estado de Empleo, Yolanda Valdeolivas García. El Plan de Choque por el Empleo Joven 2019-2021 se fundamenta en la necesidad de abordar los problemas que afectan al colectivo de jóvenes, con medidas que se diseñan bajo un enfoque holístico e integral, concretas pero combinables, a través de un Acuerdo de Estado que no supone un aumento del gasto. El objetivo es mejorar la integración laboral como mejor vía de solución global. El Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social asumió el compromiso de acometer de manera ordenada y precisa las acciones y medidas necesarias para desarrollar un nuevo modelo productivo con estrategias a largo plazo que impulsen medidas de apoyo estratégico a la innovación aplicada a sectores o ramas concretas. En este sentido, el Plan busca fortalecer el compromiso con la formación integral y la cualificación de las personas jóvenes, promoviendo su desarrollo individual, colectivo y profesional, apoyándose en el sistema educativo y en el entorno laboral como elementos fundamentales para su integración social. El Plan se estructura en tres ejes prioritarios: recuperar la calidad del empleo, luchar contra la brecha de género en el empleo y reducir el desempleo juvenil. Estos ejes se definen en línea con los objetivos establecidos, y se consideran prioritarios en los próximos tres años. En resumen, el Acuerdo del Consejo de Ministros establece un marco de actuación que busca mejorar la situación laboral de los jóvenes mediante medidas integradas, con el apoyo de distintas Administraciones y entidades, y condicionadas a la disponibilidad presupuestaria. La Resolución publica este acuerdo y establece su vigencia y alcance, con una aplicación potestativa en el caso de las Comunidades Autónomas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución publica el Acuerdo del Consejo de Ministros que aprueba el Plan de Choque por el Empleo Joven 2019-2021. Este plan busca mejorar la integración laboral de los jóvenes mediante medidas integradas y condicionadas a la disponibilidad presupuestaria. Las Comunidades Autónomas tienen un carácter potestativo en su aplicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Publicación del Acuerdo**: La Resolución publica el Acuerdo del Consejo de Ministros que aprueba el Plan de Choque por el Empleo Joven 2019-2021. ⚠️ **Condiciones presupuestarias**: Los compromisos del Plan quedan condicionados a la disponibilidad presupuestaria en los años 2019, 2020 y 2021. 📋 **Aplicación potestativa**: Las Comunidades Autónomas pueden decidir si aplican o no las medidas del Plan, sin obligación legal. ℹ️ **Colaboración institucional**: El Plan fue elaborado en colaboración con las Comunidades Autónomas y consultado con distintas entidades sociales y económicas. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 7 de diciembre de 2018 - **Materias**: Empleo, Juventud, Formación, Presupuestos, Integración laboral - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta Resolución de 2018, la problemática del desempleo juvenil ya era abordada por diversas políticas y programas, tanto a nivel estatal como autonómico, aunque de forma fragmentada. Este Plan de Choque se diferencia de iniciativas anteriores por su enfoque integral y de "choque", buscando una mejora sustancial y rápida de la empleabilidad juvenil. A diferencia de normativas autonómicas que podían centrarse en aspectos más específicos, este acuerdo estatal pretende coordinar esfuerzos a nivel nacional. La aprobación recayó en el Consejo de Ministros, sin que existan otras CCAA que hayan implementado un plan similar con el mismo alcance y denominación. Para el ciudadano joven, esta diferencia es crucial, ya que un plan nacional y coordinado puede traducirse en una oferta más homogénea y accesible de oportunidades formativas y laborales, independientemente de su lugar de residencia. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────