Cuestión interna de inconstitucionalidad n.º 688-2019, en relación con la Disposición adicional séptima, apartado 1, regla tercera, letra c) del Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, en la redacción dada al precepto por el art. 5.2 del Real Decreto-ley 11/2013, de 2 de agosto, para la protección de los trabajadores a tiempo parcial y otras medidas urgentes en el orden económico y social, por posible contradicción co
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Cuestión interna de inconstitucionalidad n.º 688-2019, en relación con la Dispos ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite la cuestión interna de inconstitucionalidad número 688-2019, planteada por la Sala Segunda en el recurso de amparo 6416-2016, en relación con una disposición de la Ley General de la Seguridad Social que se sospecha podría contradecir el artículo 14 de la Constitución Española. 2. **CONTEXTO** La cuestión se deriva del recurso de amparo 6416-2016, en el que se cuestiona la aplicación de una norma que afecta a los trabajadores a tiempo parcial. La norma en cuestión se encuentra en la Disposición adicional séptima, apartado 1, regla tercera, letra c) del Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. El Tribunal Constitucional ha decidido analizar si esta norma viola el derecho a la igualdad garantizado en el artículo 14 de la Constitución. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La cuestión interna de inconstitucionalidad n.º 688-2019 se centra en la posible contradicción entre la Disposición adicional séptima, apartado 1, regla tercera, letra c) del Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, en la redacción dada por el artículo 5.2 del Real Decreto-ley 11/2013, de 2 de agosto, y el artículo 14 de la Constitución Española. El artículo 14 de la Constitución establece el derecho a la igualdad, prohibiendo la discriminación por razón de sexo, raza, etc. La norma en cuestión se refiere a la aplicación de la cotización a la Seguridad Social por parte de los trabajadores a tiempo parcial. En concreto, la regla tercera, letra c) de la Disposición adicional séptima establece que los trabajadores a tiempo parcial pueden cotizar a la Seguridad Social en régimen de contingencias comunes en la base de cotización correspondiente a su jornada efectiva. Esta disposición fue introducida por el Real Decreto-ley 11/2013, que busca proteger a los trabajadores a tiempo parcial. El recurso de amparo 6416-2016 sostiene que esta norma podría afectar negativamente a los trabajadores a tiempo parcial al no permitirles cotizar en la misma base que los trabajadores a tiempo completo, lo que podría generar una discriminación indirecta. El Tribunal Constitucional ha decidido admitir a trámite la cuestión interna para analizar si esta norma viola el principio de igualdad. De conformidad con el artículo 37.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC), quienes sean parte en el recurso de amparo 6416-2016 podrán personarse ante el Tribunal Constitucional dentro de los quince días siguientes a la publicación del edicto en el «Boletín Oficial del Estado». La cuestión interna se plantea en el marco de la regulación de la Seguridad Social y la protección de los trabajadores a tiempo parcial, lo que refleja la importancia de garantizar la igualdad en el acceso a derechos laborales y sociales. La admisión a trámite de esta cuestión indica que el Tribunal Constitucional considera relevante analizar si la norma en cuestión se ajusta a los principios constitucionales de igualdad y no discriminación. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite la cuestión interna de inconstitucionalidad planteada por el recurso de amparo 6416-2016. La norma en cuestión se someterá a un análisis para determinar si viola el artículo 14 de la Constitución. Quienes sean parte en el recurso podrán personarse ante el Tribunal en un plazo de quince días. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Admisión a trámite**: El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido la cuestión interna de inconstitucionalidad n.º 688-2019. ⚠️ **Posible violación del artículo 14 CE**: Se cuestiona si la norma afecta a los trabajadores a tiempo parcial en forma discriminatoria. 📋 **Norma en cuestión**: Disposición adicional séptima, apartado 1, regla tercera, letra c) del Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. ℹ️ **Plazo para personarse**: Quienes sean parte en el recurso podrán personarse ante el Tribunal en quince días posteriores a la publicación del edicto. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Pleno del Tribunal Constitucional - **Tipo**: Cuestión interna de inconstitucionalidad - **Fecha**: 26 de febrero de 2019 - **Materias**: Derecho constitucional, Seguridad Social, Trabajo, Derecho laboral - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Tribunal Constitucional, artículo 14 CE, trabajadores a tiempo parcial, igualdad, Seguridad Social, cuestión interna de inconstitucionalidad ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de esta cuestión interna de inconstitucionalidad, la normativa estatal, concretamente el Real Decreto-ley 11/2013, modificó la Ley General de la Seguridad Social para regular aspectos de los trabajadores a tiempo parcial. Esta regulación específica sobre la cotización y acceso a prestaciones para estos trabajadores, que se encuentra en la disposición adicional séptima, apartado 1, regla tercera, letra c), del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, se ha visto cuestionada por posible contradicción con el artículo 14 de la Constitución Española, que consagra el principio de igualdad. A diferencia de otras normativas autonómicas que podrían tener enfoques distintos en materia de seguridad social, esta cuestión se centra en una norma de ámbito nacional. La aprobación de esta norma corresponde al Gobierno a través de Real Decreto-ley, y su constitucionalidad está ahora bajo escrutinio del Tribunal Constitucional. Esta diferencia es crucial para el ciudadano, ya que podría afectar directamente a sus derechos de acceso a prestaciones y a la equidad en el sistema de seguridad social, dependiendo de si la norma es declarada inconstitucional o no. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────