Orden JUS/74/2019, de 28 de enero, por la que crea la Comisión de Trabajo para la Conmemoración del 130º Aniversario de la Promulgación del Código Civil.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden JUS/74/2019, de 28 de enero, por la que crea la Comisión de Trabajo para l ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden JUS/74/2019 crea una Comisión de Trabajo para conmemorar el 130º aniversario de la promulgación del Código Civil, estableciendo su composición, funciones, funcionamiento y duración. 2. **CONTEXTO** En 2019 se celebraron los 130 años de la promulgación del Código Civil y los 90 años del fallecimiento de la Reina María Cristina, quien firmó su promulgación. El Código Civil fue redactado por la Comisión de Codificación y fue aprobado en 1889, siendo una norma fundamental para la vida diaria de los ciudadanos. La Orden busca conmemorar este hito histórico y legal. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden JUS/74/2019, de 28 de enero de 2019, establece la creación de la Comisión de Trabajo para la Conmemoración del 130º Aniversario de la Promulgación del Código Civil. Esta comisión tiene como objetivo conmemorar el hito histórico y legal representado por la promulgación del Código Civil, celebrado en 1889, y el fallecimiento de la Reina María Cristina, quien firmó su promulgación. La comisión está compuesta por representantes del Ministerio de Justicia, la Dirección General de los Registros y del Notariado, la Dirección General de los Servicios Jurídicos del Estado, y la Comisión de Codificación, entre otros. Su funcionamiento se rige por el calendario establecido por su Presidente o Vicepresidente, previa convocatoria de la Ministra de Justicia, que se comunica al Secretario de la Comisión. La comisión se reunirá en el plazo máximo de un mes desde la publicación de la orden y dejará de desempeñar sus funciones una vez cumplidos sus objetivos o al año de su constitución, lo que ocurra primero. En todo lo no regulado por esta orden, el funcionamiento de la comisión se regirá por lo dispuesto en materia de órganos colegiados por la Sección 3.ª del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Los miembros de la comisión no percibirán retribución alguna, salvo la indemnización por gastos de viaje, y por dietas de alojamiento y manutención para las personas que residan fuera de Madrid. La constitución y el funcionamiento de la comisión no supondrán incremento alguno del gasto público y será atendido con los medios materiales y personales existentes en el Ministerio de Justicia. La comisión se considerará disuelta una vez cumplidos sus objetivos y celebrados los actos que determinen su creación. La orden fue publicada en el Boletín Oficial del Estado el 3 de febrero de 2019. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden JUS/74/2019 crea una comisión para conmemorar el 130º aniversario del Código Civil, estableciendo su estructura, funciones y duración. La comisión no genera incremento de gasto público y se rige por normas vigentes sobre órganos colegiados. Su objetivo es celebrar un hito histórico y legal relevante. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación de la Comisión**: Se establece una comisión específica para conmemorar el 130º aniversario del Código Civil. ⚠️ **Funcionamiento y duración**: La comisión se reunirá en un plazo máximo de un mes y dejará de funcionar al año de su creación o al cumplir sus objetivos. 📋 **No incremento de gasto público**: Su funcionamiento se atenderá con recursos existentes, sin generar nuevos gastos. ℹ️ **Regulación legal**: Se rige por normas vigentes sobre órganos colegiados del sector público. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 28 de enero de 2019 - **Materias**: Derecho civil, conmemoración histórica, organización administrativa - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Código Civil, conmemoración, Comisión de Trabajo, Ministerio de Justicia, Ley 40/2015 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta Orden Ministerial, la conmemoración de efemérides jurídicas se abordaba de manera menos formalizada, sin una estructura específica como la comisión creada. La presente Orden, de ámbito nacional y aprobada por el Ministerio de Justicia, se diferencia de normativas autonómicas que podrían tener enfoques más locales o específicos. A diferencia de directivas de la Unión Europea, que establecen marcos generales, esta norma se centra en un evento histórico y cultural concreto del ordenamiento jurídico español. La creación de esta comisión, aprobada por el Ministerio de Justicia y no por otras CCAA o entidades supranacionales, importa al ciudadano al visibilizar y valorar la evolución de un pilar fundamental de su vida diaria, como es el Código Civil, promoviendo la reflexión sobre su impacto en la dignidad, los derechos y la convivencia social. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────