Orden TMS/1070/2019, de 24 de octubre, por la que se fijan para el ejercicio 2019 las bases normalizadas de cotización a la Seguridad Social, por contingencias comunes, en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden TMS/1070/2019, de 24 de octubre, por la que se fijan para el ejercicio 201 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Orden Ministerial 1070/2019 fija las bases normalizadas de cotización para el año 2019 en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón, aplicando las modificaciones introducidas por el Real Decreto-ley 28/2018. 2. **CONTEXTO** La Ley 6/2018 establece que las bases normalizadas de cotización en el Régimen Especial para la Minería del Carbón se determinan mediante un procedimiento específico, delegando al Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social la fijación de dichas bases. Los Presupuestos Generales del Estado para 2018 fueron prorrogados automáticamente, lo que permitió mantener las normas vigentes hasta que se aprobaran los presupuestos de 2019. El Real Decreto-ley 28/2018 introdujo modificaciones que incluyeron un incremento del 7% en el tope máximo y las bases máximas de cotización para 2019. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Orden Ministerial 1070/2019, de 24 de octubre de 2019, establece las bases normalizadas de cotización por contingencias comunes en el Régimen Especial para la Minería del Carbón para el año 2019. Esta norma se fundamenta en el artículo 130.8 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para 2018, que otorga al Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social la competencia para fijar dichas bases. Dicha competencia se ejerce en el marco de la prorroga automática de los Presupuestos de 2018, según el artículo 134.4 de la Constitución Española, manteniendo las normas vigentes hasta la aprobación de los presupuestos de 2019, con la necesaria adaptación a las modificaciones posteriores. El Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, introdujo cambios relevantes en el sistema de cotización, entre ellos la revalorización del 7% del tope máximo y las bases máximas de cotización para 2019. Este incremento se incorpora al cálculo de las bases normalizadas de cotización en el Régimen Especial para la Minería del Carbón. En consecuencia, el Orden Ministerial 1070/2019 determina las bases normalizadas de cotización por contingencias comunes, considerando las bases de cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales del periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018, con las especialidades previstas en el artículo 57 del Real Decreto-ley 28/2018. Las bases normalizadas se establecen para distintos grupos profesionales, como el personal técnico titulado, el personal obrero y el personal administrativo, con montos específicos para cada categoría. Por ejemplo, el Ingeniero Superior y Licenciado tiene una base normalizada de 133,81 euros, mientras que el Peón Especialista tiene una base de 58,64 euros. Estos montos se calculan teniendo en cuenta las modificaciones introducidas por el Real Decreto-ley 28/2018, que incluyeron un incremento del 7% en el tope máximo de cotización. El cálculo de las bases normalizadas se realiza aplicando las reglas establecidas en el artículo 130.8 de la Ley 6/2018, que prevé el procedimiento para su determinación. Este procedimiento se adapta a las modificaciones normativas posteriores a la publicación de la Ley 6/2018, lo que incluye la aplicación de las revalorizaciones introducidas por el Real Decreto-ley 28/2018. Por tanto, el Orden Ministerial 1070/2019 establece una base de cotización por contingencias comunes para cada categoría profesional en el Régimen Especial para la Minería del Carbón, aplicando las modificaciones introducidas por el Real Decreto-ley 28/2018, que incluyeron un incremento del 7% en el tope máximo y las bases máximas de cotización para 2019. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Orden Ministerial 1070/2019 establece las bases normalizadas de cotización para el año 2019 en el Régimen Especial para la Minería del Carbón, aplicando las modificaciones introducidas por el Real Decreto-ley 28/2018. Estas bases se calculan considerando las de 2018 y se ajustan a las revalorizaciones del 7% en el tope máximo y las bases máximas de cotización. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Se establecen las bases normalizadas de cotización para el año 2019 en el Régimen Especial para la Minería del Carbón. ⚠️ Las bases se calculan considerando las de 2018 y se ajustan a las revalorizaciones introducidas por el Real Decreto-ley 28/2018. 📋 Se aplica un incremento del 7% en el tope máximo y las bases máximas de cotización. ℹ️ Las bases varían según el grupo profesional, con montos específicos para cada categoría. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial 1070/2019 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 24 de octubre de 2019 - **Materias**: Seguridad Social, Cotización, Minería del Carbón - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de esta Orden Ministerial, la cotización a la Seguridad Social para la minería del carbón se regía por las previsiones de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018, prorrogada automáticamente. Esta norma se alinea con la legislación estatal, en concreto con la Ley 6/2018 y el Real Decreto-ley 28/2018 que elevó los topes de cotización, y es coherente con el marco de la Unión Europea al desarrollar una ley presupuestaria. A diferencia de otros regímenes de la Seguridad Social, la minería del carbón tiene bases de cotización normalizadas específicas, aprobadas por el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social. Esta diferencia es crucial para el ciudadano minero, ya que determina directamente el importe de sus cotizaciones y, consecuentemente, el nivel de sus futuras prestaciones por jubilación, incapacidad o supervivencia. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────