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Real Decreto 527/2019, de 13 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Federación Española de Municipios y Provincias en el marco del Acuerdo sobre Fondos de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas.

BOE-A-2019-13704Publicada: 27/09/2019MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 527/2019, de 13 de septiembre, por el que se regula la concesión di ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 527/2019 regula la concesión directa de una subvención a la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) para financiar un plan de formación para el empleo en el marco del Acuerdo sobre Fondos de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas. 2. **CONTEXTO** Este real decreto se emite en el marco de la prórroga presupuestaria y con la finalidad de garantizar la financiación del plan de formación promovido por la FEMP. La subvención se otorga directamente, basándose en el acuerdo de gestión de fondos de formación para 2019, que establece un importe de 471,26 miles de euros. La FEMP presentó un plan presupuestado en esa cantidad, que fue aprobado por la Comisión Permanente de la General. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 527/2019 establece la concesión directa de una subvención a la FEMP para financiar un plan de formación interadministrativo y supracomunitario, con un importe de 471,26 miles de euros. Esta subvención se fundamenta en el artículo 22.2.c) y 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que permiten la concesión directa en situaciones excepcionales de prórroga presupuestaria, siempre que existan razones de interés público y social. El real decreto establece que la subvención se concesiona directamente, sin necesidad de pasar por un proceso de concurso, en atención a la excepcionalidad presupuestaria y a la necesidad de cubrir necesidades de formación en la Administración local. La subvención se consigna en el presupuesto del Instituto Nacional de la Administración Pública (INAP), que está prorrogado para 2019. El plan de formación a financiar se basa en el acuerdo de gestión de fondos de formación para 2019, adoptado por la Comisión General de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas en su reunión del 5 de febrero de 2019. Este acuerdo se fundamenta en el artículo 16 del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (AFEDAP), de 9 de marzo de 2018, que establece que los planes interadministrativos promovidos por la FEMP se financiarán mediante subvención nominativa, equivalente al 4% de los fondos destinados a la formación de empleados públicos de la Administración local. El real decreto establece los plazos y condiciones para la concesión, justificación y control de la subvención. En concreto, el artículo 7 establece que la resolución de concesión de la subvención se notificará a la FEMP y que el pago se realizará en el plazo de 30 días desde la notificación. El plazo para la justificación de la subvención se extiende desde el 1 al 10 de diciembre de 2019, según el artículo 8. En caso de incumplimiento, el artículo 9 establece que se procederá al reintegro de las cantidades percibidas, así como a la exigencia del interés de demora, según los artículos 36 y 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. El procedimiento de reintegro se regirá por los artículos 41 a 43 de la misma ley, así como por el capítulo II del título III de su Reglamento. El órgano competente para exigir el reintegro será la persona titular de la Dirección del INAP. Finalmente, el real decreto incluye dos disposiciones finales: una que habilita al Ministro de Política Territorial y Función Pública para adoptar los actos necesarios para su aplicación, y otra que establece la entrada en vigor del real decreto el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 527/2019 otorga una subvención directa a la FEMP para financiar un plan de formación interadministrativo, basado en el acuerdo de gestión de fondos de formación para 2019. La concesión se justifica por la prórroga presupuestaria y la necesidad de cubrir necesidades de formación en la Administración local. El real decreto establece plazos y condiciones para la concesión, justificación y control de la subvención. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Concesión directa de subvención**: Se otorga directamente a la FEMP sin necesidad de concurso, en atención a la prórroga presupuestaria y al interés público. ⚠️ **Plazos de concesión y justificación**: La resolución se notifica y el pago se realiza en 30 días, mientras que la justificación se presenta entre el 1 y el 10 de diciembre de 2019. 📋 **Control y reintegro**: En caso de incumplimiento, se procede al reintegro de la subvención, incluyendo intereses de demora, según la Ley 38/2003. ℹ️ **Bases legales**: El real decreto se fundamenta en el AFEDAP, en el acuerdo de gestión de fondos de formación para 2019 y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 527/2019 - **Tipo**: Norma reguladora - **Fecha**: 13 de septiembre de 2019 - **Materias**: Subvenciones, formación laboral, Administración pública, FEMP, INAP - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto, la financiación de los planes de formación para empleados públicos de la Administración local, promovidos por la FEMP, se realizaba conforme al Acuerdo sobre Fondos de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (AFEDAP), que establecía una financiación mediante subvención nominativa. Esta normativa estatal se alinea con la lógica de financiación de formación continua para empleados públicos, común en el ámbito de la Unión Europea y replicada en diversas Comunidades Autónomas, aunque la gestión y cuantía específica pueden variar. La Comisión General de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas aprobó la asignación de fondos, y posteriormente la Comisión Permanente de la General dio luz verde al plan de la FEMP, lo que implica que la decisión de conceder esta subvención directa fue tomada por órganos competentes a nivel estatal. Para el ciudadano, esta diferencia es relevante porque asegura la continuidad y la financiación de la formación de los empleados públicos locales, lo que repercute en una mejora de los servicios públicos que reciben. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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