Orden TMS/1175/2019, de 4 de diciembre, por la que se dictan normas para la aplicación de las medidas en materia laboral y de Seguridad Social contempladas en el Real Decreto-ley 11/2019, de 20 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños causados por temporales y otras situaciones catastróficas.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden TMS/1175/2019, de 4 de diciembre, por la que se dictan normas para la apli ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto-ley 11/2019, de 20 de septiembre, fue desarrollado mediante el Orden TMS/1175/2019, de 4 de diciembre, para implementar medidas laborales y de Seguridad Social en respuesta a emergencias causadas por temporales y catástrofes naturales. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto-ley 11/2019 estableció medidas urgentes para paliar los daños causados por emergencias como incendios y temporales. El Orden TMS/1175/2019 se emitió para dar cumplimiento a dichas medidas, concretando cómo se aplicarán en materia laboral y de Seguridad Social. La norma se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 4 de diciembre de 2019. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Orden TMS/1175/2019 desarrolla el Real Decreto-ley 11/2019, estableciendo medidas laborales y de Seguridad Social para empresas y trabajadores afectados por emergencias. En concreto, el artículo 6.1 del Real Decreto-ley 11/2019 se desarrolla en el artículo 1 del Orden TMS/1175/2019, permitiendo al empresario exonerarse del abono de las cuotas de la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta durante el período de suspensión del contrato o reducción de jornada laboral. Esta exoneración se aplica mientras el período se considere efectivamente cotizado por el trabajador, según la normativa que dicte el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social. Además, el artículo 6.1 establece que el Servicio Público de Empleo Estatal y, en su caso, el Instituto Social de la Marina, podrán autorizar que el tiempo en que se perciban las prestaciones por desempleo, reguladas en el título III del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre), no se cuente para el consumo de los períodos máximos de percepción. También se permite que trabajadores incluidos en los expedientes carezcan de los períodos de cotización necesarios para acceder a dichas prestaciones, siempre que su situación sea causada por los sucesos contemplados en el Real Decreto-ley 11/2019. El artículo 6.2 del Real Decreto-ley 11/2019 se desarrolla en el artículo 2 del Orden TMS/1175/2019, permitiendo a las empresas y trabajadores por cuenta propia incluidos en cualquier régimen de la Seguridad Social solicitar y obtener, previa justificación de los daños causados por los sucesos descritos en el artículo 1 del Real Decreto-ley 11/2019, la adscripción de trabajadores perceptores de prestaciones por desempleo para trabajos de colaboración social. Esta adscripción se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 272.2 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social y en el Real Decreto 1445/1982, de 25 de junio, que regula medidas de fomento del empleo. En cuanto a la aplicación de la norma, el artículo 3 del Orden TMS/1175/2019 establece que las referencias a los trabajadores por cuenta ajena y a los trabajadores por cuenta propia o autónomos incluyen, respectivamente, a los socios trabajadores y de trabajo de las cooperativas, siempre que estén encuadrados en el régimen correspondiente de la Seguridad Social. Esto garantiza que las medidas se apliquen también a las cooperativas. Finalmente, el artículo 4 del Orden TMS/1175/2019 establece que la norma se dicta al amparo de los artículos 149.1.17.ª y 149.1.7.ª de la Constitución Española, que atribuyen al Estado la competencia exclusiva en materia de Seguridad Social y legislación laboral, respectivamente. Asimismo, el artículo 5 establece que el Director General del Servicio Público de Empleo Estatal dictará las resoluciones necesarias para la ejecución de la norma, y el artículo 6 indica que la norma entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Orden TMS/1175/2019 desarrolla las medidas laborales y de Seguridad Social del Real Decreto-ley 11/2019, permitiendo exoneraciones de cuotas, autorizaciones para prestaciones por desempleo y aplicaciones a socios trabajadores de cooperativas. La norma se publicó el 4 de diciembre de 2019 y entró en vigor al día siguiente. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Exoneración de cuotas de Seguridad Social** durante suspensión o reducción de jornada laboral. ⚠️ **Autorización para no contar el tiempo de prestaciones por desempleo** en el consumo de períodos máximos. 📋 **Aplicación a socios trabajadores de cooperativas** en régimen de Seguridad Social. ℹ️ **Entrada en vigor el día de su publicación** en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden TMS/1175/2019 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 4 de diciembre de 2019 - **Materias**: Seguridad Social, Trabajo, Emergencias, Prestaciones por desempleo - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
La Orden TMS/1175/2019 desarrolla el Real Decreto-ley 11/2019, que ya establecía medidas laborales y de Seguridad Social para paliar los daños de catástrofes naturales, como exoneraciones de cuotas y moratorias en el pago. Antes de esta orden, las medidas específicas de aplicación quedaban a la espera de una regulación ministerial detallada, a diferencia de otras CCAA que podrían tener normativas propias o de la normativa estatal general que, si bien contempla situaciones de emergencia, no siempre detalla estas exenciones de forma tan concreta. La aprobación de esta orden por el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social es crucial para el ciudadano, ya que clarifica los procedimientos y requisitos para acceder a estas ayudas, proporcionando seguridad jurídica y agilizando la recuperación económica tras eventos catastróficos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────