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Real Decreto 690/2020, de 21 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público en la Policía Nacional para el año 2020.

BOE-A-2020-8963Publicada: 01/08/2020MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 690/2020, de 21 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 690/2020 establece la oferta de empleo público en la Policía Nacional para el año 2020, incluyendo plazas para oposición libre y promoción interna, así como disposiciones sobre acumulación de plazas y difusión de convocatorias. 2. **CONTEXTO** Este real decreto se publica en el marco de los Presupuestos Generales del Estado para 2018, prorrogados automáticamente, y se ajusta a la normativa vigente sobre empleo público. La oferta de empleo se aprueba conforme a la iniciativa del Gobierno y el Ministerio de Política Territorial y Función Pública, con el objetivo de cubrir necesidades de personal en la Policía Nacional. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 690/2020, de 21 de julio de 2020, aprueba la oferta de empleo público en la Policía Nacional para el año 2020. Esta norma se fundamenta en el artículo 19.3 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, que atribuye al Gobierno la competencia para aprobar la oferta de empleo público en la Administración General del Estado. Asimismo, se basa en el artículo 38.1 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, y en el artículo 134.4 de la Constitución, que regulan la prorroga automática de los Presupuestos Generales del Estado. El real decreto cumple con los principios de buena regulación establecidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Además, se ajusta al artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, de aplicación supletoria en la Policía Nacional. Este artículo establece que la oferta de empleo público debe recoger las previsiones de incorporación de nuevos recursos humanos necesarios en el ámbito de la Policía Nacional, en función de las prioridades detectadas y de las disponibilidades presupuestarias existentes. En el artículo 1 de este real decreto se establece que la oferta de empleo público se realizará anualmente, con una cadencia temporal con periodicidad anual para asegurar el normal funcionamiento de la Policía Nacional. Asimismo, se menciona que la oferta se regirá por la normativa vigente, incluyendo el Reglamento de los procesos selectivos y de formación en el Cuerpo Nacional de Policía, aprobado por el Real Decreto 614/1995, de 21 de abril. En el artículo 2 se establece que la oferta de empleo público incluye plazas para oposición libre en la Escala Ejecutiva, con una cantidad de 125 plazas, lo que implica la convocatoria de 250 plazas para su provisión por promoción interna, desde la categoría de Subinspector, conforme al artículo 13 del Real Decreto 614/1995. Además, se menciona que las plazas reservadas a militares profesionales de tropa y marinería, que no sean cubiertas, se acumularán a las autorizadas por oposición libre en el artículo anterior en la Escala Básica de la Policía Nacional. En la Disposición adicional primera se establece que 288 plazas corresponden a la acumulación de tasas de reposición procedente de los sectores prioritarios previstos en la letra E) del artículo 19.3 de la Ley 6/2018, correspondiente al ámbito de la gestión de los recursos públicos. En la Disposición adicional segunda se establece que el Ministerio del Interior incluirá en su página web un apartado dedicado a procesos selectivos, en el que recogerá cada una de las convocatorias y los actos que se deriven de ellas. Finalmente, en la Disposición final única se establece que el real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 690/2020 establece la oferta de empleo público en la Policía Nacional para el año 2020, incluyendo plazas para oposición libre y promoción interna, así como disposiciones sobre acumulación de plazas y difusión de convocatorias. Se fundamenta en normas vigentes y cumple con los principios de buena regulación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Oferta de empleo público**: Se establece la oferta de empleo público en la Policía Nacional para el año 2020, con plazas para oposición libre y promoción interna. ⚠️ **Cumplimiento normativo**: El real decreto se fundamenta en la Ley 6/2018 y en el Estatuto Básico del Empleado Público, asegurando su legalidad. 📋 **Procedimiento de selección**: Se establecen criterios para la selección de candidatos, con enfoque en la necesidad de personal y disponibilidades presupuestarias. ℹ️ **Difusión de convocatorias**: El Ministerio del Interior incluirá en su página web un apartado dedicado a procesos selectivos, facilitando la información a los interesados. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 690/2020 - **Tipo**: Norma reguladora - **Fecha**: 21 de julio de 2020 - **Materias**: Empleo público, Policía Nacional, Selección de personal, Presupuestos Generales del Estado - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto, la aprobación de la oferta de empleo público para la Policía Nacional se regía por la normativa general de la Administración General del Estado, específicamente por la Ley de Presupuestos Generales del Estado. A diferencia de las Comunidades Autónomas que tienen competencias propias en materia de función pública y pueden establecer sus propias ofertas de empleo, esta norma es de ámbito estatal y se alinea con la legislación básica del empleado público. La aprobación recae en el Gobierno, a propuesta del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, y su importancia para el ciudadano radica en que garantiza la cobertura de plazas necesarias para el funcionamiento de un servicio público esencial como es la seguridad pública, asegurando así la continuidad y eficacia de las funciones de la Policía Nacional. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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