Modificación del Acuerdo entre el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social del Reino de España y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), para la realización de proyectos en las áreas temáticas de reasentamiento, retorno voluntario asistido y reintegración, reubicación e integración, hecho en Madrid el 20 de agosto de 2019.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Modificación del Acuerdo entre el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución modifica el Acuerdo firmado entre el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social del Reino de España y la OIM para corregir errores en la fecha de duración y responsabilidades en diversos anexos del acuerdo original. 2. **CONTEXTO** El Acuerdo original fue firmado en Madrid el 20 de agosto de 2019 y publicado en el BOE el 16 de diciembre de 2019. En abril de 2020, mediante intercambio de cartas, se detectaron errores materiales en el texto del acuerdo, lo que motivó la necesidad de rectificaciones. La Resolución de 23 de junio de 2020 establece las correcciones necesarias para garantizar la precisión del documento. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 23 de junio de 2020, publicada en el Boletín Oficial del Estado, modifica el Acuerdo entre el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social del Reino de España y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), firmado en Madrid el 20 de agosto de 2019. Las correcciones se realizan mediante rectificaciones en diversos anexos del acuerdo, con el objetivo de subsanar errores detectados en el texto original. En el Anexo A, se corrige la fecha de duración del proyecto, que pasa de "Desde la firma hasta el 31/12/2020 (duración de 18 meses)" a "Desde el 1 de octubre de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2020". También se modifica la colaboración entre ministerios, pasando de "con la Subdirección General de Protección Internacional (SGPI) del Ministerio del Interior y con el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social" a "con la Subdirección General de Protección Internacional (SGPI) del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social y con el Ministerio del Interior". En el Anexo A, se corrige el nombre del Ministerio, pasando de "Ministerio de Empleo, Migraciones y Seguridad Social" a "Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social". Además, se sustituye el cuadro del apartado 7 "Plan de trabajo" por uno nuevo que incluye actividades y responsables, como la "Recepción" con responsable "OIM". En el Anexo AC, se corrige el periodo de ejecución del proyecto, que pasa de "12 meses (01 de julio 2019 a 30 de junio 2020)" a "12 meses, desde el 1 de septiembre de 2019 hasta 31 de agosto de 2020". También se corrige la casilla de responsable de la actividad de identificar casos con necesidades especiales, que pasa a ser "OIM España". En el Anexo 1, se corrige el periodo de ejecución del proyecto de retorno voluntario productivo para Mali, pasando de "12 meses (01 de julio 2019 a 30 de junio 2020)" a "12 meses, desde el 1 de septiembre de 2019 hasta 31 de agosto de 2020". Además, se corrige la referencia legal, pasando del artículo 9.1 del Real Decreto 703/2017 a "artículo 5.1 del Real Decreto 903/2018, de 20 de julio, que establece que corresponde a la Dirección General de Integración y Atención Humanitaria la función del desarrollo y gestión de programas vinculados al retorno de inmigrantes". En el Anexo D, se corrige el periodo de ejecución del proyecto INTEGRA-T, pasando de "12 meses (01 de julio 2019 a 30 de junio 2020)" a "12 meses, desde el 1 de septiembre de 2019 hasta 31 de agosto de 2020". Estas rectificaciones buscan garantizar la precisión y la coherencia del acuerdo, especialmente en aspectos relacionados con fechas, responsabilidades y normativa aplicable, para que el proyecto se lleve a cabo de manera eficaz y conforme a las normas vigentes. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución corrige errores en el Acuerdo firmado entre el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social y la OIM. Las modificaciones afectan fechas, responsabilidades y referencias legales. Se busca garantizar la precisión del documento para el desarrollo del proyecto. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de fechas**: Se actualizan las fechas de inicio y fin de los proyectos para reflejar correctamente el periodo de ejecución. ⚠️ **Rectificaciones en responsabilidades**: Se ajusta la colaboración entre ministerios y se corrige la asignación de responsabilidades en los anexos. 📋 **Modificaciones en normativa**: Se actualiza la referencia legal del Real Decreto aplicable al proyecto de retorno. ℹ️ **Sustitución de cuadros**: Se reemplaza el cuadro del plan de trabajo con uno nuevo que incluye actividades y responsables. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 23 de junio de 2020 - **Materias**: Migraciones, cooperación internacional, proyectos de retorno y reasentamiento - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Acuerdo OIM, Ministerio de Trabajo, Migraciones, Seguridad Social, rectificaciones, proyectos de retorno, reasentamiento, integración. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Esta resolución corrige errores materiales en un acuerdo previo entre el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) de agosto de 2019, que regulaba proyectos de reasentamiento, retorno voluntario y reintegración. Antes de esta modificación, el acuerdo original, publicado en el BOE en diciembre de 2019, contenía imprecisiones en las fechas de duración y en la atribución de responsabilidades entre ministerios, como la mención errónea del Ministerio del Interior en lugar del de Trabajo en un punto clave. A diferencia de normativas estatales o directivas europeas que establecen marcos generales para la migración, este acuerdo es específico de la colaboración bilateral entre España y la OIM, aprobado por ambos organismos. La corrección es importante para el ciudadano porque clarifica la vigencia temporal de los proyectos y la correcta identificación de las entidades responsables, asegurando así una gestión más transparente y eficiente de los programas de migración y protección internacional. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────