Orden MinisterialNacionalvigente

Orden ISM/18/2021, de 14 de enero, por la que se crean las Cajas Pagadoras del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

BOE-A-2021-673Publicada: 16/01/2021MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden ISM/18/2021, de 14 de enero, por la que se crean las Cajas Pagadoras del M ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden ISM/18/2021 crea las Cajas Pagadoras del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para facilitar la gestión económica y financiera del Departamento. 2. **CONTEXTO** Esta norma se emite tras la reestructuración ministerial establecida por el Real Decreto 2/2020, que creó el nuevo Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. La Orden busca adaptar la estructura organizativa del Departamento a los cambios institucionales y mejorar la gestión financiera. La norma se fundamenta en el Real Decreto 497/2020 y en principios de buena regulación. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden ISM/18/2021, de 14 de enero de 2021, establece la creación de las Cajas Pagadoras del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Estas cajas tienen como objetivo facilitar la gestión económica y financiera del Departamento, según lo dispuesto en el artículo 9.3.b) del Real Decreto 497/2020, de 28 de abril. La Subsecretaría se encarga de la gestión económica y financiera del Departamento, lo que justifica la necesidad de una estructura de cajas pagadoras para garantizar el adecuado desarrollo de sus actividades. Las cajas creadas incluyen la Caja Pagadora General y la Caja Pagadora del Centro de Publicaciones, además de las que ya existían en la Subdirección General de Planificación y Gestión Económica y en los centros de migraciones. Estas últimas continuarán regidas por sus normas de regulación vigentes. La norma se ajusta a los principios de buena regulación establecidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, como necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia. En el artículo 2, se establece que las funciones de la Unidad Central, previstas en los artículos 4.3 y 4.4 del Real Decreto 640/1987, de 8 de mayo, serán desempeñadas por la Subdirección General de Gestión Económica y Oficina Presupuestaria. Esta dependencia se encargará de establecer los criterios comunes de gestión de los gastos de todas las cajas pagadoras del Departamento. En el artículo 3, se establece que las cajas pagadoras recibirán asignaciones para afrontar pagos derivados del sistema de anticipos de caja fija, así como para pagos por el sistema de pagos a justificar. Además, se les abrirán cuentas corrientes para recibir fondos por estos sistemas, conforme a lo dispuesto en los artículos 4.2 del Real Decreto 725/1989, de 16 de junio, y 5.2 del Real Decreto 640/1987, de 8 de mayo. El artículo 4 establece que las funciones de cajero pagador se realizarán mediante designación expresa de la persona titular de la Subsecretaría de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, pudiendo designarse un suplente en caso necesario. Por último, la Disposición Adicional Única establece que la aprobación de esta orden no supone incremento de gasto público ni de gastos de personal, y la Disposición Final Única indica que la orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden ISM/18/2021 crea una estructura de cajas pagadoras para mejorar la gestión financiera del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Se ajusta a principios de buena regulación y no incrementa el gasto público. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Creación de Cajas Pagadoras para mejorar la gestión financiera del Ministerio. ⚠️ La norma se fundamenta en la reestructuración ministerial del Real Decreto 2/2020. 📋 Se establecen criterios de gestión común para todas las cajas pagadoras. ℹ️ No hay incremento de gasto público ni de personal. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 14 de enero de 2021 - **Materias**: Administración pública, gestión financiera, cajas pagadoras, estructura ministerial - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Avant l’entrée en vigueur de l’Ordre ISM/18/2021, la gestion financière du ministère était assurée par la Subsecretaría du ministère de Travail, Migraciones y Seguridad Social, sans structure dédiée de «cajas pagadoras». Cette organisation était similaire à celle des autres communautés autonomes, où les services de trésorerie restent souvent rattachés aux directions générales sans création d’entités spécifiques. Au niveau national, la réforme s’inscrit dans la continuité du Real Decreto 2/2020 qui a scindé les compétences entre le ministère du Travail et celui de l’Inclusion, et se différencie des directives européennes qui encouragent la transparence et l’efficacité budgétaire, mais ne prévoient pas de modèle unique. L’autorité compétente pour approuver ces nouvelles cajas est le ministre de l’Inclusion, après autorisation de la ministre de la Politique territoriale et de la Fonction publique. Cette distinction est cruciale pour le citoyen, car elle garantit une meilleure traçabilité des fonds publics, une réduction des risques de doublons administratifs et une plus grande sécurité juridique dans la gestion des prestations sociales. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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