Orden ISM/11/2021, de 12 de enero, por la que se crea y regula la Sede Electrónica Central del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden ISM/11/2021, de 12 de enero, por la que se crea y regula la Sede Electróni ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden ISM/11/2021 crea y regula la Sede Electrónica Central del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, con el objetivo de adaptar la infraestructura digital al nuevo órgano ministerial tras la reestructuración administrativa. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 2/2020 reestructuró los departamentos ministeriales, creando el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Esta reorganización implicó la supresión del antiguo Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, lo que generó la necesidad de adaptar la infraestructura digital. La presente orden responde a esa necesidad, estableciendo una sede electrónica central para garantizar la eficacia y funcionalidad del nuevo ministerio. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden ISM/11/2021, de 12 de enero de 2021, establece la creación y regulación de la Sede Electrónica Central del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Esta sede electrónica se define como una dirección electrónica accesible para los ciudadanos, gestionada por la Administración Pública, según el artículo 38 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La orden establece que la sede electrónica debe cumplir con principios como transparencia, publicidad, responsabilidad, calidad, seguridad, disponibilidad, accesibilidad, neutralidad e interoperabilidad, según el apartado 3 del artículo 38 de la mencionada ley. Además, la sede electrónica será gestionada con los medios personales, técnicos y presupuestarios del Departamento, sin implicar incremento de gasto. La sede comenzará a operar en el momento que determine su titular, dentro del plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de la orden, según la Disposición transitoria única. La Disposición derogatoria única establece que se derogarán cuantas disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en esta orden. La Disposición final primera permite la adaptación de características de la sede electrónica mediante resolución de la persona titular de la Subsecretaría de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, publicada en el Boletín Oficial del Estado. Estas adaptaciones pueden incluir la dirección electrónica, la denominación de los centros responsables, la relación y características de los canales de acceso a los servicios, y cualquier otra característica no obligatoria según el artículo 3.2 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre. La Disposición final segunda autoriza a la persona titular de la Subsecretaría a adoptar instrucciones necesarias para el cumplimiento de la orden. Finalmente, la Disposición final tercera establece que la orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden ISM/11/2021 crea la Sede Electrónica Central del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, adaptando la infraestructura digital al nuevo órgano ministerial. La sede electrónica debe cumplir con principios de transparencia, seguridad y accesibilidad, y se pondrá en funcionamiento dentro de un plazo máximo de seis meses. La norma establece mecanismos de adaptación y derogación de disposiciones anteriores. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación de la Sede Electrónica Central**: Se establece una nueva infraestructura digital para el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. ⚠️ **Adaptación a la reestructuración ministerial**: La orden responde a la supresión del antiguo Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social. 📋 **Principios de funcionamiento**: La sede electrónica debe cumplir con transparencia, seguridad, accesibilidad y otros principios establecidos en la Ley 40/2015. ℹ️ **Plazo de entrada en funcionamiento**: La sede comenzará a operar dentro de un plazo máximo de seis meses desde su publicación. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 12 de enero de 2021 - **Materias**: Administración electrónica, infraestructura digital, reestructuración ministerial - **Relevancia**: ALTA Palabras: 698 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta Orden Ministerial, la gestión electrónica de los servicios del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones se veía afectada por la reestructuración ministerial de 2020, que suprimió el anterior Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social. Si bien la Ley 40/2015 regula las sedes electrónicas a nivel estatal, permitiendo a cada Administración Pública determinar sus condiciones de creación, esta Orden específica crea y regula la sede electrónica central para el nuevo Ministerio, asegurando una infraestructura digital adecuada y eficiente. Esta diferencia es crucial para el ciudadano, ya que una sede electrónica centralizada y bien definida garantiza un acceso más seguro, fiable y unificado a los servicios públicos digitales, mejorando la transparencia y la calidad de la información proporcionada por el Ministerio. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────