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Real Decreto 143/2021, de 9 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.

BOE-A-2021-3700Publicada: 10/03/2021MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 143/2021, de 9 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 122 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 143/2021 modifica el procedimiento de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, ampliando la participación de centros de formación y facilitando la realización de las fases del proceso en distintas sedes. 2. **CONTEXTO** España enfrenta un desafío en el mercado laboral, con más de la mitad de su población activa careciendo de acreditación profesional. Este problema afecta especialmente a profesionales de sectores con regulación parcial o total. La Unión Europea prevé un descenso en la población activa y un desequilibrio en la cualificación, con España en una situación menos favorable que la UE. La modificación del Real Decreto 1224/2009 busca adaptar el sistema de reconocimiento de competencias a esta realidad. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 143/2021, de 9 de marzo de 2021, modifica el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral. La principal novedad radica en la ampliación de la participación de centros de formación en el desarrollo del procedimiento de reconocimiento. En concreto, el artículo 29 se modifica para incluir nuevos tipos de centros, como los centros integrados públicos de formación profesional y los Centros de Referencia Nacional, autorizados para desarrollar las distintas fases del procedimiento. Además, se permite la autorización de centros integrados de formación profesional privados concertados, siempre que lo autorice la administración competente en cada ámbito territorial. En el caso de que sea necesario, la administración competente podrá determinar otras sedes para la realización de algunas de las fases del procedimiento, que cederán sus instalaciones y servicios. Estas sedes pueden ser otros centros que imparten formación profesional o espacios ubicados fuera de los centros docentes, siempre que se considere adecuado. Para ello, la administración competente podrá suscribir convenios con empresas u otras entidades públicas o privadas. Este cambio busca facilitar el acceso a los procedimientos de reconocimiento de competencias, especialmente para personas que no tienen documentación oficial que acredite su formación. Además, se establece una disposición transitoria única que indica que las administraciones competentes finalizarán los procedimientos iniciados con anterioridad de acuerdo con la normativa vigente en el momento de su inicio. Sin embargo, podrán acogerse a la nueva regulación si esta es más favorable para los interesados. La entrada en vigor del Real Decreto se establece en el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Este cambio refleja una adaptación al contexto laboral actual, con el objetivo de mejorar la empleabilidad de los profesionales que carecen de acreditación formal, facilitando así su integración en el mercado laboral. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 143/2021 modifica el procedimiento de reconocimiento de competencias profesionales para incluir más centros de formación y permitir la realización de fases en distintas sedes. Esta norma busca mejorar la empleabilidad de profesionales sin acreditación formal, adaptándose a la situación laboral actual en España. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Amplía la participación de centros de formación en el reconocimiento de competencias. ⚠️ Facilita la realización de fases del procedimiento en sedes distintas a los centros docentes. 📋 Permite la autorización de centros privados concertados en el proceso. ℹ️ Establece una disposición transitoria para los procedimientos iniciados antes de la entrada en vigor. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Real Decreto - **Fecha**: 9 de marzo de 2021 - **Materias**: Formación profesional, reconocimiento de competencias, empleo - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

El Real Decreto 143/2021 modifica el Real Decreto 1224/2009, que regula el reconocimiento de competencias profesionales por experiencia laboral. Antes de esta modificación, el procedimiento de acreditación de competencias, implementado en 2009, había alcanzado a un porcentaje muy bajo de los potenciales beneficiarios, evidenciando un desajuste significativo entre las cualificaciones de la población activa española y las necesidades del mercado laboral, especialmente en comparación con la Unión Europea. Esta situación, agravada por la pandemia, limita la empleabilidad de muchos ciudadanos que carecen de la acreditación formal de sus habilidades, requisito indispensable en sectores regulados. La normativa estatal, a través de este Real Decreto, busca mejorar este sistema, mientras que las Comunidades Autónomas tienen competencias en su desarrollo e implementación, y la Unión Europea impulsa marcos para la cualificación y movilidad profesional. La diferencia radica en la agilidad y alcance del reconocimiento, lo cual impacta directamente en la capacidad del ciudadano para acceder y mantener un empleo digno y acorde a su experiencia. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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