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ResoluciónNacionalvigente

Texto enmendado de los Anejos A y B del Acuerdo Europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR 2021) con las Enmiendas adoptadas durante las sesiones 105.ª, 106.ª y 107.ª del Grupo de trabajo de transportes de mercancías peligrosas de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE).

BOE-A-2021-5779Publicada: 13/04/2021MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Texto enmendado de los Anejos A y B del Acuerdo Europeo sobre transporte interna ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución publica el texto enmendado de los Anejos A y B del ADR 2021, que entra en vigor el 1 de enero de 2021 para España, con excepción de ciertos materiales que pueden transportarse hasta el 30 de junio de 2021. 2. **CONTEXTO** El ADR es un acuerdo internacional sobre el transporte de mercancías peligrosas por carretera, vigente en España desde 1972. Los Anejos A y B se actualizan cada dos años. El ADR 2021 incorpora enmiendas aprobadas en las sesiones 105.ª, 106.ª y 107.ª del Grupo de Trabajo de la CEPE. El texto enmendado entra en vigor el 1 de enero de 2021, con excepción para algunos materiales. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución publica el texto enmendado de los Anejos A y B del ADR 2021, que se aplican en España a partir del 1 de enero de 2021. El ADR es un acuerdo internacional firmado en Ginebra en 1957 y entró en vigor en 1968. España se adhirió en 1972 y el ADR se aplicó en el país desde el 22 de diciembre de 1972. Los Anejos A y B contienen normas sobre la clasificación, documentación, equipamiento y conducción de vehículos que transportan mercancías peligrosas. El ADR se actualiza cada dos años mediante enmiendas aprobadas por el Grupo de Trabajo de la CEPE. El ADR 2019 entró en vigor el 1 de enero de 2019, y el ADR 2021 incorpora las enmiendas aprobadas en las sesiones 105.ª, 106.ª y 107.ª del Grupo de Trabajo. El texto enmendado del ADR 2021 entra en vigor el 1 de enero de 2021, de conformidad con el artículo 14.3 del ADR. No obstante, según el párrafo 1.6.1.1 del capítulo 1.6 del ADR 2021, a menos que se estipule lo contrario, las materias y objetos del ADR podrán ser transportados hasta el 30 de junio de 2021, de conformidad con las disposiciones del ADR aplicables hasta el 31 de diciembre de 2020. Esto significa que ciertos materiales pueden seguir siendo transportados bajo las normas del ADR 2020 hasta esa fecha. El ADR se aplica también al transporte nacional en el ámbito europeo, con el objetivo de armonizar las condiciones del transporte de mercancías peligrosas y garantizar el funcionamiento adecuado del mercado común del transporte. La Resolución establece que el texto enmendado del ADR 2021 entra en vigor el 1 de enero de 2021, y se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 5 de abril de 2021. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución publica el ADR 2021, que entra en vigor el 1 de enero de 2021 en España. Algunos materiales pueden seguir transportándose bajo el ADR 2020 hasta el 30 de junio de 2021. El ADR se aplica tanto al transporte internacional como nacional en el ámbito europeo. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Entrada en vigor del ADR 2021**: El texto enmendado entra en vigor el 1 de enero de 2021. ⚠️ **Excepción para ciertos materiales**: Algunos materiales pueden transportarse hasta el 30 de junio de 2021 bajo el ADR 2020. 📋 **Actualización del ADR**: Los Anejos A y B se actualizan cada dos años mediante enmiendas aprobadas por el Grupo de Trabajo de la CEPE. ℹ️ **Aplicación nacional**: El ADR se aplica también al transporte nacional en el ámbito europeo, con el objetivo de armonizar las condiciones del transporte de mercancías peligrosas. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Europea - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 5 de abril de 2021 - **Materias**: Transporte, mercancías peligrosas, normativa internacional - **Relevancia**: ALTA Palabras totales: 698 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta enmienda, el Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR) se actualizaba cada dos años, siendo el ADR 2019 la versión vigente. Esta normativa, ratificada por España en 1972, se alinea con la Directiva 2008/68/CE de la UE, que busca armonizar el transporte de mercancías peligrosas en todos los Estados miembros, aplicando el ADR también a nivel nacional. La presente resolución, aprobada por el Grupo de trabajo de la CEPE y publicada en España, incorpora las últimas modificaciones técnicas y científicas a los Anexos A y B del ADR, que regulan desde la preparación de la mercancía hasta la circulación del vehículo. Esta actualización es crucial para el ciudadano, ya que garantiza la seguridad y la uniformidad de las normativas de transporte de sustancias peligrosas en toda Europa, facilitando el comercio y protegiendo la salud pública y el medio ambiente. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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