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Resolución de 10 de junio de 2021, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud sobre modificación de la declaración de actuaciones coordinadas frente a la COVID-19.

BOE-A-2021-9724Publicada: 11/06/2021Ministerio de Sanidad

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 10 de junio de 2021, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Resolución publica el Acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud que modifica la Declaración de Actuaciones Coordinadas frente a la COVID-19, dejando sin efecto algunas declaraciones anteriores y estableciendo nuevas medidas coordinadas. **2. CONTEXTO** El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud aprobó el Acuerdo en su reunión del 2 de junio de 2021. La Resolución de la Secretaría de Estado de Sanidad se publica el 10 de junio de 2021 para dar publicidad al acuerdo. El acuerdo modifica la Declaración de Actuaciones Coordinadas y establece nuevas medidas sanitarias frente a la pandemia. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 10 de junio de 2021, publicada en el Boletín Oficial del Estado, da publicidad al Acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud sobre la modificación de la Declaración de Actuaciones Coordinadas frente a la COVID-19. Este acuerdo, aprobado en sesión del 2 de junio de 2021, incluye la declaración de actuaciones coordinadas en diversos ámbitos como el ocio nocturno, la hostelería, la restauración, los eventos multitudinarios, el consumo de tabaco, la vacunación, el estudio de seroprevalencia, el cribado en asintomáticos y la coordinación con las Entidades Locales. Además, el acuerdo deja sin efecto varias declaraciones anteriores, incluyendo la Declaración de Actuaciones Coordinadas de 14 de agosto de 2020, la de 27 de agosto de 2020 sobre la vacunación frente a la gripe, y la de 9 de septiembre de 2020 sobre medidas de control de la COVID-19. Estas declaraciones se dejaron sin efecto por considerar que ya no eran pertinentes ante la evolución de la situación epidemiológica. El acuerdo también establece que los organizadores de eventos multitudinarios deben realizar una evaluación del riesgo conforme a las recomendaciones del Consejo Interterritorial, implementando medidas adicionales si es necesario. Esta evaluación debe estar disponible para las autoridades sanitarias en caso de requerimiento. En cuanto a la vigencia del acuerdo, se establece que producirá efectos desde su notificación a las comunidades autónomas hasta que la Ministra de Sanidad apruebe su finalización, previo acuerdo del Consejo Interterritorial y audiencia de todas las comunidades autónomas. El acuerdo también menciona que la Comunidad Autónoma del País Vasco decidió no participar en la votación, pero la declaración de actuaciones coordinadas sigue vigente para todas las comunidades autónomas, según el artículo 151.2.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que establece que la Administración General del Estado tiene funciones de coordinación general en el ámbito sanitario. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución publica el Acuerdo del Consejo Interterritorial que modifica la Declaración de Actuaciones Coordinadas frente a la COVID-19, dejando sin efecto algunas medidas anteriores y estableciendo nuevas normas. La vigencia del acuerdo se mantiene hasta su posible finalización por la Ministra de Sanidad. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Publicación del Acuerdo**: La Resolución da publicidad al acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. ⚠️ **Declaraciones dejadas sin efecto**: Se anulan varias declaraciones anteriores por considerarlas ya no pertinentes. 📋 **Nuevas medidas coordinadas**: Se establecen nuevas medidas en diversos ámbitos como eventos multitudinarios, vacunación y cribado. ℹ️ **Vigencia del acuerdo**: El acuerdo tendrá efecto desde su notificación hasta su posible finalización por la Ministra de Sanidad. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 10 de junio de 2021 - **Materias**: Salud pública, pandemia, medidas sanitarias, coordinación interterritorial - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 698 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta resolución, la regulación de las medidas frente a la COVID-19, especialmente en ámbitos como el ocio nocturno, se basaba en declaraciones previas del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, como la de agosto de 2020, y en documentos de actuación coordinada aprobados por la Comisión de Salud Pública. Esta nueva modificación, aprobada por el Pleno del Consejo Interterritorial, actualiza y deja sin efecto normativas anteriores, buscando establecer medidas comunes para situaciones fuera de los niveles de riesgo previstos, a diferencia de la autonomía que las Comunidades Autónomas podían haber tenido en ausencia de un marco estatal coordinado. La importancia para el ciudadano radica en la uniformidad y claridad de las actuaciones, facilitando la comprensión y el cumplimiento de las medidas sanitarias a nivel nacional. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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