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Corrección de errores del Texto enmendado de los Anejos A y B del Acuerdo Europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR 2021) con las Enmiendas adoptadas durante las sesiones 105.ª, 106.ª y 107.ª del Grupo de trabajo de transportes de mercancías peligrosas de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE).

BOE-A-2021-15350Publicada: 23/09/2021MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores del Texto enmendado de los Anejos A y B del Acuerdo Europe ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Resolución corrige errores en la publicación del Texto enmendado de los Anejos A y B del ADR 2021, con las enmiendas adoptadas en las sesiones 105.ª, 106.ª y 107.ª del Grupo de Trabajo de Transportes de Mercancías Peligrosas de la CEPE. **2. CONTEXTO** La Resolución se emite tras detectar errores en la publicación del Texto enmendado del ADR 2021, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) núm. 88, de 13 de abril de 2021. Estos errores afectan a la correcta aplicación de las normas de transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera. La corrección busca garantizar la precisión y la uniformidad en la interpretación y aplicación del ADR. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución corrige errores en el Texto enmendado de los Anejos A y B del Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR 2021), publicado en el BOE núm. 88, de 13 de abril de 2021. Estas correcciones se realizan en diversos puntos del texto, incluyendo páginas específicas y secciones que contienen errores de redacción o referencias incorrectas. Por ejemplo, en la página 41017, se corrige la redacción de la frase que define la inclusión de mercancías peligrosas en la subsección 1.1.3.6.1, cambiando "estarán incluidas" por "se asignarán". En la página 41019, se corrige la inclusión de la clase 8 con el número ONU 3547 en la tabla de materias u objetos. En la página 41113, se modifica la redacción de la frase que describe la asignación de una clase provisional en caso de incertidumbre sobre la naturaleza de una materia transportada. En la página 41119, se corrige la denominación de la sección referida a la asignación de la pirotecnia a las divisiones de riesgo. En la página 41896, se corrige una referencia incorrecta a un apartado del texto. En la página 41909, se añade un nuevo apartado (6.6.5.2.3) que establece condiciones específicas para el ensayo de caída de grandes embalajes de plástico. En la página 41928, se corrige una referencia incorrecta a un apartado. En la página 42045, se modifica la redacción de una lista de puntos, cambiando "y" por "o". En la página 42057, se corrige una referencia incorrecta a un apartado del texto. Estas correcciones son esenciales para garantizar la precisión y la coherencia del ADR 2021, evitando malentendidos que podrían afectar la seguridad en el transporte de mercancías peligrosas. La Resolución se basa en la normativa vigente del ADR, que establece reglas detalladas sobre la clasificación, empaquetado, transporte y documentación de mercancías peligrosas. Las correcciones realizadas reflejan el compromiso de la Comisión Económica para Europa (CEPE) de mantener actualizada y precisa la normativa sobre transporte de mercancías peligrosas, asegurando la seguridad en la vía pública y la protección del medio ambiente. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución corrige errores en la publicación del ADR 2021, garantizando su correcta aplicación. Estas correcciones son necesarias para mantener la precisión de la normativa. La actualización del texto enmendado asegura la seguridad en el transporte de mercancías peligrosas. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errores**: Se corrigen errores en la publicación del ADR 2021, afectando a diversos apartados y páginas. ⚠️ **Importancia de la precisión**: Las correcciones son esenciales para garantizar la correcta aplicación de las normas. 📋 **Actualización normativa**: La Resolución refleja la necesidad de mantener actualizada la normativa del ADR. ℹ️ **Seguridad en transporte**: Las correcciones buscan mejorar la seguridad en el transporte de mercancías peligrosas. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Europea (CEPE, Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas) - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) núm. 88, de 13 de abril de 2021 - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 13 de abril de 2021 - **Materias**: Transporte internacional de mercancías peligrosas, normativa ADR, corrección de errores, seguridad vial - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: ADR 2021, corrección de errores, normativa, transporte de mercancías peligrosas, CEPE, seguridad, Boletín Oficial del Estado ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta norma corrige errores detectados en la publicación del Texto enmendado del Acuerdo Europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR 2021), que es de aplicación en España y otros países firmantes, y que se basa en directivas y recomendaciones de la CEPE de la ONU. Antes de esta corrección, la versión publicada en el BOE contenía imprecisiones terminológicas y de contenido que podían generar confusión en la aplicación del ADR. A diferencia de otras Comunidades Autónomas, que no tienen normativa específica en esta materia, la normativa estatal es la que transpone el acuerdo internacional. La aprobación de estas correcciones por parte del Estado español es crucial para el ciudadano, ya que garantiza la correcta y uniforme aplicación de las normativas de seguridad en el transporte de mercancías peligrosas, evitando así riesgos y facilitando el comercio transfronterizo. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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