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Orden ISM/941/2021, de 2 de septiembre, sobre organización y funcionamiento de los órganos colegiados de Administración Digital de la Seguridad Social.

BOE-A-2021-14758Publicada: 10/09/2021Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden ISM/941/2021, de 2 de septiembre, sobre organización y funcionamiento de l ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden ISM/941/2021 establece la organización y funcionamiento de los órganos colegiados de Administración Digital de la Seguridad Social, reemplazando a los anteriores órganos de Administración Electrónica. 2. **CONTEXTO** Esta norma se enmarca en un marco legal que ha evolucionado con diversos reales decretos, incluyendo el derogado Real Decreto 589/2005 y el vigente Real Decreto 806/2014. La Orden busca adaptar la estructura de los órganos colegiados a la nueva denominación de "Administración Digital" y a la nueva gobernanza en materia de TIC. Además, se mantiene la continuidad de los expedientes en tramitación y se evita el incremento de gasto público. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden ISM/941/2021, de 2 de septiembre de 2021, regula la organización y funcionamiento de los órganos colegiados de Administración Digital de la Seguridad Social, reemplazando a los órganos previamente denominados como Consejo General de Administración Electrónica. Esta norma se fundamenta en la necesidad de adaptar la estructura a la nueva denominación institucional introducida por el Real Decreto 806/2014, que establece un nuevo modelo de gobernanza en materia de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) en la Administración General del Estado. En concreto, la Orden establece que los órganos colegiados de Administración Digital de la Seguridad Social quedarán asociados a los órganos colegiados regulados en esta norma, de acuerdo con sus funciones. Además, se establece que el funcionamiento de estos órganos no supondrá incremento de gasto público, y será atendido con los medios materiales y de personal existentes en el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, así como con las disponibilidades presupuestarias existentes en cada ejercicio, sin que pueda suponer incremento de dotaciones ni de retribuciones ni de otros gastos de personal. En particular, a estos órganos colegiados les prestará apoyo técnico y administrativo la Gerencia de Informática de la Seguridad Social. La Orden también establece que los expedientes de contratación que se encuentren en tramitación en el momento de la entrada en vigor de esta norma se regirán por la misma, manteniéndose a todos los efectos la validez de las decisiones adoptadas por el anterior Consejo General de Administración Electrónica de la Seguridad Social respecto de dichos expedientes. En cuanto a la derogación, la Orden establece que quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo previsto en esta norma, incluyendo los acuerdos del Consejo General de Administración Electrónica de la Seguridad Social en relación a la regulación de su Comisión Técnica. Expresamente, queda derogada la Orden TAS/3486/2005, de 31 de octubre, sobre composición y funciones del Consejo General de Administración Electrónica de la Seguridad Social. Finalmente, la Orden establece que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden ISM/941/2021 reemplaza a los órganos colegiados de Administración Electrónica por los de Administración Digital, adaptándose a la nueva denominación institucional. No se incrementa el gasto público y se mantiene la continuidad de los expedientes en tramitación. La Orden derogatoria elimina normas anteriores, incluida la Orden TAS/3486/2005. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Reemplazo de órganos colegiados**: Se sustituyen los órganos de Administración Electrónica por los de Administración Digital. ⚠️ **No incremento de gasto público**: El funcionamiento de los órganos colegiados no supondrá aumento de gasto ni de personal. 📋 **Continuidad de expedientes**: Los expedientes en tramitación se rigen por esta norma. ℹ️ **Derogación de normas anteriores**: Se derogó la Orden TAS/3486/2005 y otros acuerdos del Consejo General de Administración Electrónica. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 2 de septiembre de 2021 - **Materias**: Administración Digital, Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), Organización de órganos colegiados, Seguridad Social - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden ISM/941/2021 actualiza la organización y funcionamiento de los órganos colegiados de Administración Digital de la Seguridad Social, sustituyendo normativas previas como la Orden TAS/3486/2005 y la Orden de 25 de febrero de 1999. A diferencia de modelos anteriores centrados en TIC o administración electrónica de forma separada, esta orden se alinea con el Real Decreto 806/2014, que unifica ambos conceptos bajo la denominación de "administración digital" y establece un modelo de gobernanza TIC a nivel de la Administración General del Estado. Si bien este nuevo marco se aplica a la Seguridad Social, la orden ministerial específica detalla su implementación interna. La diferencia es relevante para el ciudadano al buscar una gestión pública más integrada y eficiente, facilitando la interacción y el acceso a servicios digitales de la Seguridad Social. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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