Orden PRE/26/2014, de 16 de enero, por la que se modifica el anexo II del Real Decreto 1383/2002, de 20 de diciembre, sobre gestión de vehículos al final de su vida útil.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Una orden que modifica las reglas sobre qué materiales prohibidos pueden usarse en los vehículos. Incorpora una prórroga europea que permite seguir usando plomo en ciertos componentes de vehículos hasta el 1 de enero de 2016, en lugar de prohibirlo completamente desde antes. **¿A quién afecta?** A los fabricantes de vehículos y a quienes fabrican piezas de recambio. Afecta a los vehículos que se pongan en el mercado y a las piezas que se distribuyan para repararlos, especialmente los fabricados antes de determinadas fechas. **¿Qué cambia o establece?** Establece qué componentes pueden contener plomo y bajo qué condiciones. Permite el plomo en aceros galvanizados, aluminio, aleaciones de cobre, baterías, amortiguadores y otros componentes, pero solo para vehículos homologados o piezas de recambio para vehículos fabricados antes de fechas específicas (2005, 2006, 2008, 2009, 2011 o 2016 según el material). Cada excepción tiene un plazo de vencimiento distinto.
💬 Contexto ciudadano
Antes de la Orden PRE/26/2014, la normativa estatal y europea ya prohibía el uso de plomo en materiales de vehículos, con el objetivo de reducir su impacto ambiental. Sin embargo, esta orden introduce una prórroga europea que permite el uso de plomo en ciertos componentes hasta 2016, en lugar de prohibirlo completamente, lo cual contrasta con la normativa de la UE que ya establecía una prohibición más estricta. Esta diferencia es relevante porque refleja una adaptación a la realidad industrial y la necesidad de compatibilidad con piezas de recambio, lo que afecta tanto a fabricantes como a usuarios finales.