Orden ISM/992/2022, de 11 de octubre, por la que se fijan para el ejercicio 2022 las bases normalizadas de cotización a la Seguridad Social, por contingencias comunes, en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden ISM/992/2022, de 11 de octubre, por la que se fijan para el ejercicio 2022 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden ISM/992/2022 establece las bases normalizadas de cotización por contingencias comunes para el año 2022 en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón. 2. **CONTEXTO** Esta orden se dicta en cumplimiento de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2022, que autoriza al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones a fijar las bases normalizadas de cotización. La norma se elabora siguiendo los principios de transparencia, eficacia y proporcionalidad. La aplicación de estas bases afecta a diferentes categorías profesionales dentro del sector minero del carbón. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden ISM/992/2022, de 11 de octubre de 2022, regula las bases normalizadas de cotización por contingencias comunes para el año 2022 en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón. Esta norma se fundamenta en el artículo 106.nueve de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, que otorga al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones la facultad de fijar dichas bases. La determinación de las bases se realiza teniendo en cuenta las bases de cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales del periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021, aplicando las especialidades del artículo 57 del Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre. La elaboración de esta orden se ajusta a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia establecidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La orden establece las bases diarias normalizadas de cotización para diferentes categorías profesionales dentro del Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón, aplicables durante el año 2022 en el ámbito de la Zona Cuarta (Centro-Levante). Estas bases se detallan por categoría profesional, especialidad y grupo profesional, con montos específicos en euros. Por ejemplo, para el grupo de "Ingeniero Superior y Licenciado", la base diaria normalizada es de 136,09 euros. La norma también incluye bases para el personal técnico titulado, obrero y administrativo, con montos que varían según la categoría y especialidad. Por ejemplo, el "Lavador de 1.ª" tiene una base diaria de 135,70 euros, mientras que el "Peón Especialista" tiene una base de 59,64 euros. Esta orden tiene como objetivo garantizar la aplicación uniforme de las bases de cotización en el sector minero del carbón, asegurando la correcta financiación de los derechos de la Seguridad Social y la transparencia en el sistema de cotización. La norma se aplica a todos los trabajadores que se encuentren en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón, en el ámbito territorial de la Zona Cuarta. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden ISM/992/2022 establece las bases normalizadas de cotización para el año 2022 en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón. Se basa en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y se aplica a diferentes categorías profesionales. La norma asegura la transparencia y la uniformidad en el sistema de cotización. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Establece bases normalizadas de cotización** para el año 2022 en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón. ⚠️ **Aplica principios de transparencia, eficacia y proporcionalidad** en su redacción. 📋 **Incluye montos específicos por categoría profesional y especialidad**. ℹ️ **Se aplica en el ámbito de la Zona Cuarta (Centro-Levante)**. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reguladora - **Fecha**: 11 de octubre de 2022 - **Materias**: Seguridad Social, Cotización, Minería del Carbón - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Esta Orden Ministerial, aprobada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, establece para 2022 las bases de cotización por contingencias comunes para el Régimen Especial de la Minería del Carbón, basándose en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Previamente, la determinación de estas bases seguía procedimientos similares, aunque la normativa específica para este sector minero es particular y no se compara directamente con las bases de cotización generales de otras Comunidades Autónomas o del resto de trabajadores estatales, ni con directivas de la UE que no aborden esta especificidad. La aprobación recae exclusivamente en el Ministerio, sin participación de otras administraciones. Esta diferencia es relevante para el ciudadano trabajador del carbón, ya que fija directamente el importe sobre el cual se calculan sus aportaciones a la Seguridad Social, afectando a su futura pensión y a las prestaciones por enfermedad o accidente. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────