Orden ISM/1103/2022, de 16 de noviembre, por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio 2022 para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden ISM/1103/2022, de 16 de noviembre, por la que se regulan las operaciones d ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden ISM/1103/2022 establece los plazos y procedimientos para el cierre del ejercicio 2022 en el sistema de la Seguridad Social, regulando operaciones de gasto, tramitación de expedientes y remisión de documentación contable. 2. **CONTEXTO** Esta norma se enmarca en el marco de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, y en los presupuestos de cada ejercicio. Su objetivo es complementar la regulación general con especificaciones operativas para el cierre del ejercicio 2022. La norma se fundamenta en los principios de buena regulación establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden ISM/1103/2022 regula las operaciones de cierre del ejercicio 2022 para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social. En primer lugar, establece que las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social que hayan realizado gastos con financiación afectada deberán acreditar su cuantía mediante certificación autorizada por el director de la entidad correspondiente. Esta certificación debe remitirse a la Tesorería General de la Seguridad Social con fecha límite de 30 de abril de 2023, para los efectos previstos en el artículo 2.5. La Tesorería podrá solicitar aclaraciones adicionales en relación con la imputación de los gastos. Además, la Orden establece que la Tesorería General de la Seguridad Social adoptará las medidas necesarias para que la información referida en el artículo 2.5, así como toda aquella que deba suministrar al resto de las entidades del sistema, esté disponible en poder de los servicios correspondientes la primera semana de marzo de 2023. En materia de aplicación, se faculta a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones para dictar las instrucciones necesarias para la ejecución y desarrollo de lo dispuesto en la orden. Por otro lado, el registro contable de todas las operaciones contempladas en la orden, así como las correspondientes a la regularización y cierre del ejercicio 2022, se realizará de acuerdo con los criterios que dicte la Intervención General de la Seguridad Social, en virtud del artículo 125.3 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre. La norma se fundamenta en los principios de buena regulación, como la necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica y transparencia. En particular, se cumple el principio de necesidad y eficacia al considerar que la aprobación de esta orden es el instrumento más adecuado para garantizar el adecuado registro de las operaciones al cierre del ejercicio presupuestario. En cuanto al principio de proporcionalidad, la regulación contemplada en esta orden se ha redactado empleando medidas que no supongan restricciones de derechos o imposición de obligaciones adicionales a los destinatarios. El principio de seguridad jurídica se garantiza mediante la claridad, estabilidad y previsibilidad de la norma, coherente con el resto del ordenamiento jurídico. Por último, el principio de transparencia se cumple al definir claramente los objetivos de la orden en el preámbulo. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden ISM/1103/2022 establece plazos y procedimientos para el cierre del ejercicio 2022 en el sistema de la Seguridad Social. Regula la tramitación de gastos, la remisión de documentación contable y la operativa de la Tesorería General. La norma se fundamenta en los principios de buena regulación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Plazos y procedimientos**: Establece fechas límite para la remisión de certificaciones y la disponibilidad de información. ⚠️ **Cumplimiento de principios**: Se respeta la proporcionalidad, seguridad jurídica y transparencia. 📋 **Responsabilidades**: Las entidades gestoras deben acreditar gastos y facilitar información a la Tesorería. ℹ️ **Aplicación**: La norma se ejecuta mediante instrucciones de la Secretaría de Estado y criterios de la Intervención General. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 16 de noviembre de 2022 - **Materias**: Seguridad Social, Presupuestos, Contabilidad, Procedimiento Administrativo - **Relevancia**: ALTA Palabras: 698 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Esta Orden Ministerial, de ámbito nacional, se promulga para detallar las operaciones específicas de cierre del ejercicio 2022 en el sistema de la Seguridad Social, complementando la Ley General Presupuestaria y las leyes de presupuestos anuales. A diferencia de normativas autonómicas que podrían tener enfoques distintos en la gestión de sus propios presupuestos, esta orden se centra en la uniformidad de los procedimientos contables y de fiscalización a nivel estatal para las entidades de la Seguridad Social. Su aprobación por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones responde a la necesidad de garantizar la correcta ejecución y registro de las operaciones presupuestarias al finalizar el año, lo cual es crucial para el ciudadano al asegurar la transparencia y eficiencia en la gestión de los fondos públicos destinados a prestaciones y servicios sociales, permitiendo una adecuada rendición de cuentas y la previsibilidad en la aplicación de los recursos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────