Orden MinisterialNacionalvigente

Orden ISM/25/2023, de 13 de enero, por la que se establecen para el año 2023 las bases de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar incluidos en los grupos segundo y tercero.

BOE-A-2023-1086Publicada: 17/01/2023MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden ISM/25/2023, de 13 de enero, por la que se establecen para el año 2023 las ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden ISM/25/2023 establece las bases de cotización para el año 2023 de los trabajadores del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar incluidos en los grupos segundo y tercero. 2. **CONTEXTO** Esta norma se dicta en cumplimiento de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023, que exige la determinación de las bases de cotización para el sector marítimo-pesquero. La Orden se basa en los valores medios de remuneración del año anterior y se aplica por provincias, modalidades de pesca y categorías profesionales. La norma busca garantizar la transparencia y la eficacia en la aplicación de las obligaciones de cotización. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden ISM/25/2023, de 13 de enero de 2023, establece las bases de cotización para el año 2023 de los trabajadores del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar incluidos en los grupos segundo y tercero. Esta norma se fundamenta en el artículo 122, apartado Ocho.2, de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, que exige la determinación de las bases de cotización para el sector marítimo-pesquero. Según dicho precepto, la cotización se efectuará sobre las remuneraciones que se determinen mediante orden del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, a propuesta del Instituto Social de la Marina, oídas las organizaciones representativas del sector. La Orden establece que las bases de cotización se determinarán por provincias, modalidades de pesca y categorías profesionales, basándose en los valores medios de remuneración percibida en el año precedente. Asimismo, se menciona que la norma se adecua a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia regulados en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el Anexo I de la Orden se detallan las bases de cotización para el grupo segundo, mientras que en el Anexo III se detallan las bases para el grupo tercero. Por ejemplo, en la Zona Norte, las bases de cotización para el grupo segundo oscilan entre 1.674,00 y 1.500,00 euros, mientras que en la Zona Este se establecen bases entre 1.785,00 y 1.524,00 euros. En la Zona Sur, las bases varían entre 1.650,00 y 1.578,00 euros, dependiendo de la provincia y la categoría profesional. La norma se considera coherente con el resto del ordenamiento jurídico nacional y con el marco jurídico de la Unión Europea, ya que se dicta para desarrollar las previsiones contenidas en la Ley 31/2022. Además, se destaca su eficacia y proporcionalidad, ya que regula los aspectos esenciales para que los sujetos responsables puedan cumplir con sus obligaciones de cotización. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden ISM/25/2023 establece las bases de cotización para el año 2023 de los trabajadores del mar en los grupos segundo y tercero. Se basa en los valores medios de remuneración del año anterior y se aplica por provincias y categorías profesionales. La norma es coherente con el marco legal vigente y garantiza la transparencia y la eficacia en la aplicación de las obligaciones de cotización. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Determinación de bases de cotización**: La Orden establece las bases de cotización para el año 2023 de los trabajadores del mar en los grupos segundo y tercero. ⚠️ **Aplicación por provincias y categorías**: Las bases se determinan por provincias, modalidades de pesca y categorías profesionales. 📋 **Bases calculadas a partir de remuneraciones anteriores**: Se basan en los valores medios de remuneración percibida en el año 2022. ℹ️ **Coherencia con el marco legal**: La norma se adecua a los principios de necesidad, eficacia y transparencia establecidos en la Ley 39/2015. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial ISM/25/2023 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 13 de enero de 2023 - **Materias**: Seguridad Social, Trabajadores del Mar, Cotización, Régimen Especial - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden ISM/25/2023, la determinación de las bases de cotización para los trabajadores del mar en los grupos segundo y tercero se regía por lo establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año anterior, que a su vez remitía a una orden ministerial. Esta normativa nacional se alinea con el marco europeo al desarrollar disposiciones presupuestarias estatales, pero su especificidad la diferencia de normativas autonómicas que no abordan directamente este régimen especial. La Orden ha sido aprobada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, tras consulta a las organizaciones representativas del sector, y su importancia para el ciudadano radica en que establece las cuantías exactas sobre las que se calcularán sus aportaciones a la Seguridad Social, afectando directamente a sus derechos y prestaciones futuras. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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