Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 774/2023, de 3 de octubre, por el que se modifican el Real Decreto 1130/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el régimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales, y el Real Decreto 2033/2009, de 30 de diciembre, por el que se determinan los puestos tipo adscritos al Cuerpo de Secretarios Judiciales a efectos del complemento general de puesto, la asignación inicial del complemento específico y las retribuciones por sustituciones que impliquen el desempeño conjunto de

BOE-A-2023-20564Publicada: 04/10/2023MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 774/2023, de 3 de octubre, por el que se modifican el Real Decreto ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 774/2023 modifica los regímenes retributivos de los Secretarios Judiciales, estableciendo un incremento retributivo progresivo de entre 430 y 450 euros mensuales, aplicable a partir de 2023. 2. **CONTEXTO** El acuerdo firmado el 28 de marzo de 2023 entre la Administración del Estado y el comité de huelga de los Letrados de la Administración de Justicia estableció un incremento retributivo. Este acuerdo fue materializado mediante el Real Decreto 774/2023, que introduce cambios en los regímenes retributivos de los Secretarios Judiciales. El incremento se aplica de forma progresiva, con efectos desde 2023. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 774/2023, de 3 de octubre de 2023, modifica los regímenes retributivos del Cuerpo de Secretarios Judiciales, regulados en los Real Decreto 1130/2003 y 2033/2009. El objetivo principal es establecer un incremento retributivo progresivo de entre 430 y 450 euros mensuales, en función de la responsabilidad asumida por los Letrados en las oficinas judiciales. Este incremento se aplica sobre el complemento específico de cada puesto, según el régimen que corresponda. Para los Letrados cuyo régimen retributivo se regula en el Real Decreto 2033/2009, el incremento se aplica sobre el complemento específico de cada puesto. Para los Letrados cuyo régimen se rige por el Real Decreto 1130/2003, el incremento se aplica sobre el complemento específico transitorio. El incremento se aplicará de forma progresiva, con efectos desde el 1 de enero de 2023, alcanzando el 100% a partir del 1 de julio de 2024. En concreto, el incremento se distribuye de la siguiente manera: - **Desde el 1 de enero de 2023**: - Secretarías de Gobierno, de Coordinación Provincial y direcciones de servicios comunes: 2.160 euros anuales. - Puestos en servicios comunes, o con funciones en estos: 2.112 euros anuales. - Unidades procesales de apoyo directo: 2.064 euros anuales. - **Desde el 1 de enero de 2024**: - Secretarías de Gobierno, de Coordinación Provincial y direcciones de servicios comunes: 4.320 euros anuales. - Resto de puestos en servicios comunes: 4.224 euros anuales. - Unidades procesales de apoyo directo: 4.128 euros anuales. - **Desde el 1 de julio de 2024**: - Secretarías de Gobierno, de Coordinación Provincial y direcciones de servicios comunes: 5.400 euros anuales. - Resto de puestos en servicios comunes: 5.280 euros anuales. - Unidades procesales de apoyo directo: 5.160 euros anuales. El incremento tiene carácter consolidable, es decir, no es absorbible ni compensable por otros conceptos retributivos. Además, se establece sin perjuicio de las subidas que puedan determinarse en las leyes de los presupuestos generales del Estado. El Real Decreto se ajusta a los principios de buena regulación según el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Se considera un instrumento adecuado para atender los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica y eficiencia. En la disposición transitoria única se establece el régimen transitorio del incremento, con una aplicación progresiva que se extiende hasta el 1 de julio de 2024. El Real Decreto entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 774/2023 introduce un incremento retributivo progresivo para los Secretarios Judiciales, aplicable desde 2023. Este incremento se aplica sobre el complemento específico de cada puesto y se distribuye en tres etapas. El incremento tiene carácter consolidable y se ajusta a los principios de buena regulación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Incremento retributivo progresivo**: Entre 430 y 450 euros mensuales, aplicable en tres etapas desde 2023. ⚠️ **Aplicación progresiva**: Desde el 1 de enero de 2023 al 1 de julio de 2024, con cuantías que aumentan progresivamente. 📋 **Régimen transitorio**: El incremento se aplica en tres fases, con diferentes montos según el tipo de puesto. ℹ️ **Carácter consolidable**: El incremento no es absorbible ni compensable por otros conceptos retributivos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 774/2023 - **Tipo**: Modificación de normas - **Fecha**: 3 de octubre de 2023 - **Materias**: Derecho laboral, retribuciones, funcionarios públicos, Secretarios Judiciales - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto 774/2023, el régimen retributivo de los Letrados de la Administración de Justicia se regía por normativas previas como el Real Decreto 1130/2003 y el 2033/2009, que establecían sus complementos y retribuciones. Esta nueva norma, de ámbito nacional, introduce un incremento retributivo progresivo acordado entre la Administración y el comité de huelga de dicho colectivo, aplicándose sobre el complemento específico o transitorio según el caso. A diferencia de otras CCAA que podrían tener desarrollos propios en materia de retribuciones de personal al servicio de la administración de justicia, esta modificación estatal impacta directamente en la nómina de los Letrados de la Administración de Justicia en todo el territorio español, sin que haya habido una aprobación explícita por parte de todas las Comunidades Autónomas en este aspecto concreto. La diferencia es crucial para el ciudadano, ya que una retribución adecuada y reconocida para estos profesionales puede influir en su motivación y, por ende, en la eficiencia y calidad del servicio público de justicia que reciben. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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