Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República de Moldavia, hecho en Madrid el 21 de julio de 2022.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República de Moldavia ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República de Moldavia establece mecanismos de cooperación para garantizar la igualdad de trato a los trabajadores de ambos países que ejerzan actividad en el otro, así como la coordinación de sistemas de seguridad social. 2. **CONTEXTO** Este acuerdo fue firmado en Madrid el 21 de julio de 2022, con entrada en vigor el 1 de junio de 2024. Se busca mejorar la protección social de los trabajadores que laboran en el otro Estado, facilitando la portabilidad de derechos y la coordinación entre sistemas. La norma se regirá bajo la jurisdicción de la Seguridad Social y se aplica a partir de la fecha de entrada en vigor. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República de Moldavia establece un marco legal para la cooperación en materia de seguridad social entre ambos países. En el Título I, se definen términos clave como "Legislación", "Autoridad Competente", "Institución Competente", "Organismo de enlace" y "Trabajador", lo que permite una interpretación uniforme del acuerdo. Según el **Artículo 1**, la "Legislación" para España comprende las leyes, reglamentos y demás disposiciones de Seguridad Social, mientras que para Moldavia se refiere a las leyes y disposiciones normativas vigentes en el ámbito de la Seguridad Social del Estado. La "Autoridad Competente" en España es el **Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones**, y en Moldavia el **Ministerio de Salud, Trabajo y Protección Social**. El **Artículo 2** establece que las Partes Contratantes se comprometen a cooperar en el ámbito de la Seguridad Social, con el objetivo de consagrar el principio de igualdad de trato de los nacionales de ambos Estados. El **Artículo 3** detalla que los trabajadores que hayan ejercido actividad en el otro país tendrán derecho a la protección social en el país de acogida, y se garantizará la portabilidad de derechos adquiridos. El **Artículo 34** establece que los derechos en curso de adquisición derivados de los períodos de seguro cumplidos antes del cese de vigencia del convenio serán garantizados. El **Artículo 35** permite la modificación del convenio mediante acuerdo reciproco, tramitado mediante Protocolo separado o Convenio de revisión, que entrará en vigor según lo establecido en el **Artículo 36**. El **Artículo 36** establece que el convenio entrará en vigor el primer día del segundo mes siguiente al mes en que ambas Partes Contratantes notifiquen, por la vía diplomática, el cumplimiento de los procedimientos legales internos. La entrada en vigor se confirmó el 1 de junio de 2024, tras la notificación diplomática de ambas partes. El convenio se firmó en dos ejemplares, en idioma español y rumano, siendo ambos textos igualmente auténticos. La firma fue realizada por **José Luis Escrivá Belmonte**, Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y **Marcel Spatari**, Ministro de Trabajo y Protección Social. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Convenio establece un marco de cooperación entre España y Moldavia para garantizar la igualdad de trato en materia de seguridad social. Define términos clave y establece mecanismos de portabilidad de derechos y coordinación. Entró en vigor el 1 de junio de 2024 tras cumplir con los requisitos legales. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Definiciones claras**: Se establecen términos clave como "Legislación", "Autoridad Competente" y "Institución Competente" para una interpretación uniforme. ⚠️ **Cooperación bilateral**: Las Partes Contratantes se comprometen a colaborar en el ámbito de la Seguridad Social, garantizando igualdad de trato. 📋 **Portabilidad de derechos**: Los trabajadores que ejerzan actividad en el otro país tendrán derecho a la protección social en el país de acogida. ℹ️ **Entrada en vigor**: El convenio entró en vigor el 1 de junio de 2024 tras la notificación diplomática de ambas partes. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Seguridad Social - **Fuente**: Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República de Moldavia - **Tipo**: Convenio bilateral - **Fecha**: 21 de julio de 2022 (firma), 1 de junio de 2024 (entrada en vigor) - **Materias**: Seguridad Social, cooperación internacional, derechos laborales - **Relevancia**: **ALTA** - **Nota**: Este acuerdo refleja la voluntad de ambas partes de mejorar la protección social de los trabajadores transnacionales, facilitando la movilidad laboral y la portabilidad de derechos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Este convenio bilateral entre España y Moldavia, aprobado por resolución el 11 de mayo de 2024, se suma a la red de acuerdos de seguridad social que España mantiene con diversos países, tanto dentro como fuera de la Unión Europea, para evitar la doble cotización y garantizar la portabilidad de derechos. A diferencia de los reglamentos de la UE que rigen la coordinación de sistemas de seguridad social entre Estados miembros, estos convenios bilaterales se negocian individualmente y cubren aspectos específicos de la protección social, como pensiones, prestaciones por enfermedad o desempleo. La aprobación de este acuerdo, impulsada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones español, es crucial para los ciudadanos de ambos países que trabajan o han trabajado en el otro, pues asegura que sus contribuciones a la seguridad social no se pierdan y que puedan acceder a las prestaciones correspondientes, independientemente de su nacionalidad. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────