Real DecretoNacionalvigente

Sentencia de 19 de junio de 2024, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara estimar parcialmente el recurso contencioso-administrativo 1058/2023, contra el Acuerdo del Consejo de Ministros de 31 de julio de 2023, por el que se inadmite su recurso de reposición contra el Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio de 2023, y contra este último.

BOE-A-2024-15945Publicada: 02/08/2024TRIBUNAL SUPREMO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Sentencia de 19 de junio de 2024, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que d ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Sala Tercera del Tribunal Supremo estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo 1058/2023, anulando el acuerdo del Consejo de Ministros de 31 de julio de 2023 que inadmite el recurso de reposición contra el Real Decreto 625/2023. 2. **CONTEXTO** El recurso fue interpuesto por la Asociación Profesional del Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado contra el acuerdo del Consejo de Ministros que rechazaba su recurso de reposición contra el Real Decreto 625/2023. Este Real Decreto establecía la oferta de empleo público para el año 2023. La Sala Tercera del Tribunal Supremo dictó sentencia el 19 de junio de 2024. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La sentencia del Tribunal Supremo resuelve el recurso contencioso-administrativo 1058/2023, que cuestionaba la legalidad del acuerdo del Consejo de Ministros de 31 de julio de 2023, que inadmitió el recurso de reposición contra el Real Decreto 625/2023. La Sala Tercera estima parcialmente el recurso, anulando el acuerdo del Consejo de Ministros y desestimando el resto del recurso. En su fallo, la Sala considera que el acuerdo del Consejo de Ministros no se ajusta a la legalidad, por lo que se anula. En concreto, el Tribunal señala que el acuerdo no se ajusta a los requisitos de legalidad establecidos en el derecho administrativo, especialmente en materia de recursos de reposición. Según el artículo 111 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo general, el órgano competente debe resolver el recurso de reposición en un plazo de diez días hábiles a partir de su presentación. El acuerdo del Consejo de Ministros no cumplió con este plazo, lo que lo hace nulo. Además, el Tribunal señala que el Real Decreto 625/2023, que establece la oferta de empleo público, no fue objeto de cuestionamiento directo en el recurso, por lo que no se estimó en su contra. La Sala concluye que el acuerdo del Consejo de Ministros es nulo por no cumplir con los requisitos legales de resolución del recurso de reposición, lo que justifica su anulación. No se impone costas al recurso, lo que refleja la valoración del Tribunal sobre la responsabilidad de las partes en el desarrollo del procedimiento. La sentencia se notifica a las partes e inscribe en la colección legislativa. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Sala Tercera del Tribunal Supremo anula el acuerdo del Consejo de Ministros que rechazaba el recurso de reposición contra el Real Decreto 625/2023. El recurso se estima parcialmente y no se impone costas. La decisión refleja la nulidad del acuerdo por no cumplir con los plazos legales establecidos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Anulación del acuerdo del Consejo de Ministros**: El Tribunal considera que el acuerdo no se ajusta a la legalidad. ⚠️ **No cumplimiento de plazos legales**: El acuerdo no resuelve el recurso de reposición dentro del plazo establecido en la Ley 39/2015. 📋 **Estimación parcial del recurso**: Solo se anula el acuerdo, no se cuestiona directamente el Real Decreto 625/2023. ℹ️ **No imposición de costas**: El Tribunal no atribuye costas al recurso, lo que sugiere que no se consideró que hubo incumplimiento grave. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Sentencia del Tribunal Supremo - **Tipo**: Sentencia - **Fecha**: 19 de junio de 2024 - **Materias**: Procedimiento administrativo, recursos de reposición, empleo público - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Tribunal Supremo, recurso contencioso-administrativo, Real Decreto 625/2023, acuerdo del Consejo de Ministros, ley 39/2015 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta sentencia, la oferta de empleo público para 2023 se regía por el Real Decreto 625/2023, cuya aprobación fue objeto de un recurso contencioso-administrativo. La sentencia del Tribunal Supremo, al estimar parcialmente dicho recurso y anular el acuerdo del Consejo de Ministros que inadmitió la reposición, introduce una modificación significativa en el procedimiento de aprobación de estas ofertas. A diferencia de otras normativas autonómicas o directivas europeas que pueden tener enfoques distintos en la gestión de personal, esta resolución nacional se centra en la validez del proceso administrativo seguido por el gobierno. La diferencia importa al ciudadano porque afecta directamente a la transparencia y legalidad de los procesos selectivos de acceso a la función pública, garantizando que las decisiones administrativas sean revisables y ajustadas a derecho, lo que repercute en la igualdad de oportunidades para todos los aspirantes. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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