Real DecretoNacionalvigente

Sentencia de 6 de marzo de 2025, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024.

BOE-A-2025-5829Publicada: 24/03/2025TRIBUNAL SUPREMO

¿Qué dice esta ley?

**Qué es** El Tribunal Supremo ha anulado (o modificado parcialmente) el decreto del Gobierno que establecía cuántas plazas de funcionarios públicos se ofertaban en 2024. Una empresa o colectivo de aspirantes lo impugnó en los juzgados argumentando que el número de puestos o las condiciones eran ilegales, y el tribunal les ha dado la razón. **A quién afecta** A personas que se presentaban o querían presentarse a oposiciones públicas en 2024, y a la Administración (ministerios, organismos públicos). Si eres funcionario o aspirante a serlo, esto puede afectar el número real de plazas disponibles o cómo se convocan. **Qué cambia** La sentencia obliga a rehacer esa oferta de empleo público —el documento oficial donde el Gobierno dice "convocamos X plazas de policías, enfermeros, administrativos, etc."—. Probablemente se tendrán que recalcular plazas, actualizar requisitos o reorganizar los procesos de selección que ya estaban en marcha basados en el decreto anterior. **Cuándo** La sentencia es de marzo de 2025. Sus efectos (devoluciones, nuevas convocatorias, retrasos en procesos selectivos) comenzarán a aplicarse según los tiempos que fije la Administración para cumpl

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta sentencia, la oferta de empleo público para el ejercicio 2024, aprobada por el Real Decreto 656/2024, se regía por los criterios establecidos en dicho real decreto. Esta normativa estatal, que fija las bases para la distribución de plazas, se compara con otras normativas autonómicas que pueden tener criterios propios de acceso y promoción, y debe alinearse con las directivas de la Unión Europea en materia de igualdad y no discriminación. La sentencia del Tribunal Supremo, al estimar el recurso de Comisiones Obreras y anular el anexo II del real decreto, significa que la distribución de plazas en el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia no respetaba la Ley Orgánica del Poder Judicial. Para el ciudadano, esto importa porque una distribución incorrecta puede limitar las oportunidades de acceso libre o de promoción interna, afectando la equidad y la transparencia en el acceso a la función pública. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →