Real Decreto 87/2025, de 11 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2025.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 87/2025, de 11 de febrero, por el que se fija el salario mínimo int ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 87/2025 establece el salario mínimo interprofesional para 2025, fijando las cuantías que deberán aplicarse a partir del 1 de enero de 2025 para todos los trabajadores, incluyendo los eventuales y temporeros. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto responde al mandato del artículo 27.1 del Estatuto de los Trabajadores, que obliga al Gobierno a fijar anualmente el salario mínimo interprofesional. Este incremento representa un 44,1% respecto al año anterior y se basa en el análisis de múltiples factores económicos y sociales. Además, se incorpora una disposición transitoria para evitar distorsiones económicas derivadas del incremento. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 87/2025, de 11 de febrero de 2025, establece el salario mínimo interprofesional para el año 2025, conforme a lo dispuesto en el artículo 27.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. Este real decreto fija las cuantías que deberán regir a partir del 1 de enero de 2025, tanto para las personas trabajadoras fijas como eventuales o temporeras, así como para las empleadas y empleados de hogar. El incremento del salario mínimo interprofesional representa un 44,1% respecto a las cuantías establecidas en el Real Decreto 145/2024, de 6 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2024. Este aumento se basa en el análisis conjunto de todos los factores contemplados en el artículo 27.1 del Estatuto de los Trabajadores, incluyendo la evolución del nivel de vida, la inflación, la productividad y la situación del mercado laboral. Además, el real decreto incorpora una disposición transitoria única, en aplicación del artículo 13 del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo. Esta disposición tiene por objeto evitar que el incremento del salario mínimo interprofesional provoque distorsiones económicas o consecuencias no deseadas en los ámbitos no laborales que utilizan el salario mínimo interprofesional a sus propios efectos. El real decreto también establece que, en los supuestos a que se refiere el apartado anterior, salvo disposición o acuerdo en contrario, la cuantía del salario mínimo interprofesional se entenderá referida, durante 2025, a la que estaba vigente a la entrada en vigor de este real decreto. Esto significa que, en caso de no haber acuerdos específicos, se aplicará la cuantía vigente al momento de la entrada en vigor del real decreto, es decir, la del año 2024. Asimismo, el real decreto establece que los salarios establecidos en contratos o pactos de naturaleza privada inferiores en su conjunto y en cómputo anual a las cuantías del salario mínimo interprofesional que se establecen para 2025 deberán ser modificados en la cuantía necesaria para asegurar la percepción de dichas cuantías. Se aplicarán las reglas sobre compensación y absorción que se establecen en el artículo 3 del real decreto. En cuanto a la competencia, el real decreto se dicta al amparo del artículo 149.1.7.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación laboral, sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las comunidades autónomas. Además, se autoriza a la Ministra de Trabajo y Economía Social para dictar, en el ámbito de sus competencias, las disposiciones de carácter general necesarias para el desarrollo y ejecución del real decreto. Finalmente, el real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y surtirá efectos durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025. El abono del salario mínimo fijado en este real decreto tendrá efectos desde el 1 de enero de 2025. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 87/2025 establece el salario mínimo interprofesional para 2025, con un incremento del 44,1% respecto al año anterior. Se incluye una disposición transitoria para evitar distorsiones económicas y se establecen reglas para la modificación de contratos privados. El real decreto entra en vigor el 1 de enero de 2025. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Aumento del salario mínimo interprofesional**: Se establece un incremento del 44,1% respecto al año anterior. ⚠️ **Reglas transitorias**: Se incorpora una disposición transitoria para evitar distorsiones económicas. 📋 **Aplicación a todos los trabajadores**: El incremento afecta a trabajadores fijos, eventuales y temporeros. ℹ️ **Competencia del Estado**: El real decreto se dicta al amparo de la Constitución Española, en materia de legislación laboral. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 87/2025 - **Tipo**: Norma general - **Fecha**: 11 de febrero de 2025 - **Materias**: Salario mínimo interprofesional, derecho laboral, normativa social - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de este Real Decreto 87/2025, el salario mínimo interprofesional (SMI) para 2024 estaba fijado por el Real Decreto 145/2024. La normativa estatal, a través del Estatuto de los Trabajadores, es la que habilita al Gobierno a fijar anualmente el SMI, una práctica común en España y que se alinea con las directivas de la Unión Europea que promueven salarios dignos, aunque no establecen cuantías concretas a nivel comunitario. Las Comunidades Autónomas no tienen competencia para fijar un SMI propio, ya que es una materia de ámbito nacional. Esta diferencia es crucial para el ciudadano, ya que el SMI impacta directamente en su poder adquisitivo y en la protección de sus derechos laborales, sirviendo de referencia para salarios más bajos, prestaciones y otros conceptos económicos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────