Orden ISM/444/2025, de 30 de abril, por la que se regula el procedimiento de inclusión de nuevas patologías generadoras de discapacidad en el anexo del Real Decreto 1851/2009, de 4 de diciembre, por el que se desarrolla el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, en cuanto a la anticipación de la jubilación de las personas trabajadoras con discapacidad en grado igual o superior al 45 por ciento.
¿Qué dice esta ley?
**Qué es** Un procedimiento para que nuevas enfermedades o condiciones de salud se reconozcan como causantes de discapacidad y den derecho a jubilación anticipada. Hasta ahora existía una lista cerrada; esto abre la puerta a incluir patologías que no estaban contempladas. **A quién afecta** Principalmente a trabajadores con enfermedades graves o crónicas que generen discapacidad del 45% o superior y que no figuren en la lista actual. También afecta a autónomos en la misma situación. Los médicos evaluadores y la administración (Instituto Nacional de la Seguridad Social) aplicarán este nuevo proceso. **Qué cambia** Ahora hay un camino claro para solicitar que una enfermedad se incluya en el listado oficial de patologías discapacitantes. Esto permite que personas con condiciones no previstas originalmente puedan acceder a jubilación anticipada si reúnen los requisitos, sin esperar cambios legislativos largos. **Cuándo entra en vigor** Se publica el 30 de abril de 2025. El procedimiento estará operativo a partir de esa fecha, aunque la administración establecerá después los detalles prácticos de cómo presentar solicitudes.
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta Orden ISM/444/2025, la posibilidad de anticipar la jubilación para personas con un grado de discapacidad del 45% o superior estaba supeditada a que la patología estuviera incluida en el anexo del Real Decreto 1851/2009. Esta normativa estatal, que desarrolla el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, se ha ido modificando, siendo la última reforma relevante el Real Decreto 370/2023. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que pueden tener normativas complementarias en materia de servicios sociales, la regulación de la jubilación anticipada por discapacidad es competencia estatal, alineada con directivas europeas que promueven la igualdad y la protección social. La aprobación de esta orden, por parte del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, es crucial porque establece un procedimiento ágil para incorporar nuevas patologías, garantizando que los ciudadanos afectados por enfermedades emergentes o poco comunes, y que cumplan los requisitos, puedan acceder a este derecho, evitando así la exclusión y reconociendo su situación de vulnerabilidad. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────