Orden MinisterialNacionalvigente

Corrección de errores de la Orden PJC/178/2025, de 25 de febrero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2025.

BOE-A-2025-7292Publicada: 11/04/2025MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES

¿Qué dice esta ley?

**El Gobierno corrige los cálculos de cotizaciones sociales para 2025** La Administración ha detectado errores en las normas que establecen cuánto deben pagar trabajadores y empresas a la Seguridad Social este año. Se trata de una corrección técnica para arreglar esos fallos y que las cantidades sean las correctas desde el principio. Afecta a cualquier persona que trabaje (autónomos, empleados en empresas, trabajadores del sector público) y a sus empleadores. También impacta en las cotizaciones para desempleo, protección de autónomos (ayudas si dejas de trabajar) y formación profesional. Con esta corrección se ajustan los porcentajes y bases de cálculo de las cotizaciones. Lo importante es que evita cobros incorrectos durante 2025 y garantiza que las cantidades que pagan trabajadores y empresas sean las legalmente establecidas. Si ya se pagó algo mal, se regulariza. Entra en vigor cuando se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE), aunque rectifica errores de la orden original del 25 de febrero. Cualquier liquidación ya hecha con los datos erróneos se corrige de oficio.

💬 Contexto ciudadano

Esta Orden Ministerial de corrección de errores, aprobada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, no introduce novedades normativas sustanciales, sino que rectifica un error material en la Orden PJC/178/2025, que establecía las bases y tipos de cotización a la Seguridad Social para 2025. La normativa estatal previa, y que se mantiene en vigor con esta corrección, es la que fija estos parámetros, sin que las Comunidades Autónomas tengan competencias para legislar en esta materia, ni tampoco existan directivas europeas que dicten estos importes concretos de cotización. La diferencia, aunque parezca menor, es crucial para el ciudadano, ya que afecta directamente al cálculo de las bases de cotización y, por ende, a las prestaciones futuras como jubilación o desempleo, así como a la cuota que pagan trabajadores y empresas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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