Orden PJC/804/2025, de 23 de julio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de medios y tiempos y la realización de otros ajustes razonables en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
¿Qué dice esta ley?
**Qué es** Una nueva regulación que obliga a los procesos de selección para trabajar en la administración pública a adaptar las pruebas, espacios y tiempos para que las personas con discapacidad puedan participar en igualdad de condiciones. Por ejemplo: ampliar el tiempo en un examen, facilitar acceso a rampas, o proporcionar intérpretes de lengua de signos. **A quién afecta** A cualquier persona con discapacidad que quiera opositar o acceder a un empleo público (funcionario o laboral). También a la administración pública que convocar estas pruebas selectivas: ayuntamientos, comunidades autónomas, ministerios. Y a los tribunales que evalúan a los candidatos. **Qué cambia** Hasta ahora, cada administración decidía por su cuenta cómo hacer estos ajustes. Ahora hay criterios comunes y claros: se debe evaluar qué necesita cada persona, aprobar esos cambios sin que supongan una ventaja injusta, y documentarlo correctamente. Se reconoce el derecho a solicitar ajustes "razonables" (posibles de aplicar sin coste desproporcionado) durante todo el proceso selectivo, no solo en el examen final. **Cuándo entra en vigor** La orden se publica el 23 de julio de 2025. Afectará a todas las conv
💬 Contexto ciudadano
La Orden PJC/804/2025 actualiza y detalla los criterios para las adaptaciones en los procesos selectivos de empleo público para personas con discapacidad, basándose en mandatos constitucionales y del Estatuto Básico del Empleado Público que ya exigían ajustes razonables. Si bien el Real Decreto 2271/2004 y el Real Decreto-ley 6/2023 establecieron cuotas de reserva y la obligación general de adaptaciones, esta orden especifica cómo deben implementarse, incluyendo la concesión de tiempo adicional y la provisión de medios materiales y humanos. A diferencia de normativas autonómicas que puedan tener enfoques más específicos o avanzados, esta orden de ámbito nacional unifica y clarifica los requisitos, lo cual es crucial para el ciudadano porque garantiza una aplicación más homogénea y predecible de sus derechos de acceso al empleo público en igualdad de condiciones, independientemente de la administración convocante. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────