Orden ISM/821/2025, de 24 de julio, por la que se fijan para el ejercicio 2025 las bases normalizadas de cotización a la Seguridad Social, por contingencias comunes, en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón.
¿Qué dice esta ley?
**Cuotas de Seguridad Social para mineros del carbón en 2025** A partir de ahora, los mineros que trabajan en la extracción de carbón tienen nuevas cantidades fijas que deben aportar a la Seguridad Social. Estas bases (importes sobre los que se calcula la cotización) se actualizan cada año según la ley, y esta orden establece las cifras concretas para 2025. Afecta directamente a trabajadores del sector carbonífero y a las empresas mineras. Los autónomos del mismo sector también deben conocer estos cambios si cotizan bajo este régimen especial. Los gestorías y departamentos de recursos humanos necesitarán aplicar estas nuevas cantidades en nóminas y declaraciones. Lo concreto es que cambian los importes sobre los que se calcula cuánto pagan trabajadores y empleadores cada mes. Esto impacta en el salario neto (el trabajador aporta menos o más) y en los costes laborales para las empresas mineras. Las cotizaciones cubren prestaciones de enfermedad, invalidez, jubilación y otras protecciones sociales. La orden entra en vigor el 1 de enero de 2025. Se publica en el Boletín Oficial del Estado para que todos los implicados —mineros, empresas y asesores fiscales— tengan las cifras exactas y las apliquen correctamente desde el primer día
💬 Contexto ciudadano
La Orden ISM/821/2025 establece las bases de cotización para el Régimen Especial de la Minería del Carbón en 2025, adaptando la normativa prorrogada de los Presupuestos Generales del Estado de 2023. Antes de esta orden, la cotización se regía por el artículo 122.nueve de la Ley 31/2022, que a su vez se veía afectada por el Real Decreto-ley 1/2025, el cual actualizaba los topes máximos y mínimos generales de cotización. A diferencia de otras CCAA o normativas estatales que pueden tener bases de cotización más flexibles o sujetas a diferentes regulaciones, este régimen especial tiene una especificidad propia. La aprobación recae en el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y su importancia para el ciudadano minero radica en que estas bases determinan directamente el importe de sus aportaciones a la Seguridad Social, afectando a las prestaciones futuras como jubilación o incapacidad. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────