Real Decreto 1065/2025, de 26 de noviembre, por el que se desarrolla el régimen del contrato formativo, previsto en el artículo 11 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
¿Qué dice esta ley?
**Contratos formativos: nuevas reglas para aprender trabajando** Las empresas podrán firmar contratos donde el trabajador dedica tiempo a formación teórica y práctica mientras trabaja. Es una modalidad que combina empleo con aprendizaje, regulada ahora con criterios más claros sobre duración, salario y contenidos formativos. Afecta principalmente a jóvenes y personas en búsqueda de empleo, autónomos que quieran subcontratar formandos, y empresas de cualquier tamaño que deseen incorporar talento mientras capacitan. También impacta en centros de formación que colaboren en estas iniciativas. El decreto concreta aspectos clave: establece los requisitos que deben cumplir estos contratos, define cuánta formación es obligatoria frente al tiempo de trabajo, fija derechos mínimos del formando (salario, seguridad), y clarifica qué sucede si se interrumpe el contrato. Todo ello para que no sean una vía de precarización, sino un puente real hacia empleos estables. Entra en vigor el 26 de noviembre de 2025. Las empresas e instituciones educativas disponen desde esa fecha de esta regulación para diseñar programas formativos sin ambigüedades legales sobre derechos, obligaciones y procedimientos.
💬 Contexto ciudadano
Este Real Decreto 1065/2025 desarrolla el régimen del contrato formativo, una figura que ya existía pero que ha sido profundamente reformada por el Real Decreto-ley 32/2021, en línea con compromisos europeos del Plan de Recuperación y Transformación. Anteriormente, el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores contemplaba distintas modalidades de contratos formativos, pero la nueva normativa, aprobada a nivel estatal, introduce dos modalidades claras: el contrato de formación en alternancia y el contrato para la obtención de la práctica profesional. Esta distinción es crucial para el ciudadano, ya que clarifica las vías para compatibilizar empleo y formación, o para adquirir experiencia post-estudios, facilitando así una inserción laboral más efectiva y adaptada a las necesidades actuales del mercado. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────