Orden MinisterialNacionalvigente

Orden INT/430/2014, de 10 de marzo, por la que se regula la uniformidad en el Cuerpo Nacional de Policía.

BOE-A-2014-2997Publicada: 21/03/2014Ministerio del Interior

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Una orden del Ministerio del Interior de marzo de 2014 que regula cómo deben estar uniformados los miembros del Cuerpo Nacional de Policía. Reúne en un único texto todas las normas anteriores sobre uniformidad de la policía para actualizarlas e introducir mejoras en los distintivos y divisas. **¿A quién afecta?** A todos los miembros del Cuerpo Nacional de Policía, hombres y mujeres. Les obliga a vestir el uniforme correcto según dónde trabajen y qué hagan en ese momento. También obliga a los jefes a vigilar que lo cumplan. **¿Qué cambia o establece?** Establece cuatro tipos de uniformes: de trabajo (para servicios normales), de representación (para actos institucionales), de gala y de gran gala. Define qué prendas lleva cada uno, cuándo se usan, y permite cambios entre versiones de invierno y verano según el clima. Prohíbe que cualquier otra persona use estos uniformes. Responsabiliza a los superiores si no corrigen incumplimientos, y autoriza uniformes especiales para unidades especializadas como el GEO, GOES, TEDAX, o caballería.

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden INT/430/2014, la normativa sobre uniformes de la policía en España era fragmentada y dispersa, con regulaciones distintas en cada comunidad autónoma y a nivel estatal, lo que generaba desigualdades y falta de armonización. Esta orden busca unificar la vestimenta del Cuerpo Nacional de Policía, eliminando las diferencias entre regiones y estableciendo un marco común, similar al modelo europeo, que garantiza coherencia y profesionalidad. Es relevante porque asegura una imagen uniforme de la policía, mejora la identificación y la seguridad, y refleja un enfoque más integrado dentro de la Unión Europea.

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