Orden MinisterialNacionalvigente

Orden EFP/892/2023, de 26 de julio, por la que se establecen convalidaciones entre módulos del bloque común de las enseñanzas deportivas y determinados títulos oficiales relacionados con la actividad física y el deporte y se regula el procedimiento para la resolución individualizada de convalidaciones.

BOE-A-2023-17498Publicada: 29/07/2023Ministerio de Educación y Formación Profesional

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden EFP/892/2023, de 26 de julio, por la que se establecen convalidaciones ent ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Orden Ministerial 892/2023 establece convalidaciones entre módulos del bloque común de las enseñanzas deportivas y títulos oficiales relacionados con la actividad física y el deporte, y regula el procedimiento para la resolución individualizada de convalidaciones. 2. **CONTEXTO** La Ley Orgánica 2/2006 de Educación incluye las enseñanzas deportivas en el sistema educativo y busca mejorar la flexibilidad entre enseñanzas mediante convalidaciones y equivalencias. El Real Decreto 1363/2007 establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas y determina las convalidaciones y exenciones de módulos. El Ministerio de Educación y Formación Profesional debe regular las convalidaciones entre enseñanzas deportivas y otros títulos oficiales, según lo dispuesto en dichos textos legales. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Orden Ministerial 892/2023, de 26 de julio, regula convalidaciones entre módulos del bloque común de las enseñanzas deportivas y títulos oficiales relacionados con la actividad física y el deporte. Este orden establece que las convalidaciones se aplicarán tanto acreditando módulos de títulos derivados de la Ley Orgánica 2/2006 como acreditando módulos de títulos derivados de la Ley Orgánica 1/1990. En el anexo del orden ministerial se detallan las convalidaciones específicas entre módulos del bloque común de las enseñanzas deportivas y módulos de títulos oficiales. Por ejemplo, el módulo "Entrenamiento deportivo II" puede convalidarse con el módulo "Entrenamiento del alto rendimiento", mientras que el módulo "Teoría y sociología del deporte" puede convalidarse con el módulo "Sociología del deporte de alto rendimiento". El orden ministerial también establece que las convalidaciones se acordarán en cada caso por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, de acuerdo con el procedimiento que reglamentariamente se determine. Además, se menciona que las convalidaciones pueden aplicarse tanto en sentido ascendente (de títulos derivados de la Ley Orgánica 1/1990 a los de la Ley Orgánica 2/2006) como en sentido descendente (de títulos derivados de la Ley Orgánica 2/2006 a los de la Ley Orgánica 1/1990). El texto legal se fundamenta en el artículo 65.5 de la Ley Orgánica 2/2006, que establece que el Gobierno debe regular el régimen de convalidaciones y equivalencias entre enseñanzas deportivas y otras enseñanzas oficiales. Asimismo, se basa en el Real Decreto 1363/2007, que en su artículo 44.4, establece que la concesión de convalidaciones se acordará en cada caso por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, de acuerdo con el procedimiento que reglamentariamente se determine. El orden ministerial también menciona que las convalidaciones se aplicarán a títulos derivados de la Ley Orgánica 2/2006, como los ciclos formativos de grado superior en enseñanzas deportivas, y a títulos derivados de la Ley Orgánica 1/1990, como los títulos oficiales de técnicos deportivos. En el anexo del orden ministerial se detallan las convalidaciones específicas entre módulos del bloque común de las enseñanzas deportivas y módulos de títulos oficiales. Por ejemplo, el módulo "Entrenamiento deportivo II" puede convalidarse con el módulo "Entrenamiento del alto rendimiento", mientras que el módulo "Teoría y sociología del deporte" puede convalidarse con el módulo "Sociología del deporte de alto rendimiento". Además, se establece que las convalidaciones se aplicarán tanto acreditando módulos de títulos derivados de la Ley Orgánica 2/2006 como acreditando módulos de títulos derivados de la Ley Orgánica 1/1990. Esto permite una mayor flexibilidad en la movilidad académica entre diferentes sistemas educativos. El orden ministerial también menciona que las convalidaciones se acordarán en cada caso por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, de acuerdo con el procedimiento que reglamentariamente se determine. Esto implica que el procedimiento para la resolución individualizada de convalidaciones debe seguir un marco normativo que garantice la transparencia y la equidad en el proceso. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Orden Ministerial 892/2023 establece convalidaciones entre módulos de enseñanzas deportivas y títulos oficiales relacionados con la actividad física y el deporte. Establece un procedimiento para la resolución individualizada de convalidaciones, basado en la normativa vigente. Permite una mayor flexibilidad en la movilidad académica entre diferentes sistemas educativos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Convalidaciones entre módulos**: Se permiten convalidaciones entre módulos del bloque común de enseñanzas deportivas y títulos oficiales relacionados con la actividad física y el deporte. ⚠️ **Procedimiento individualizado**: El Ministerio de Educación y Formación Profesional debe acordar las convalidaciones en cada caso, siguiendo un procedimiento reglamentario. 📋 **Flexibilidad académica**: Se permite la convalidación tanto en sentido ascendente como descendente entre títulos derivados de diferentes leyes educativas. ℹ️ **Aplicación específica**: Se detallan convalidaciones entre módulos específicos, como entre "Entrenamiento deportivo II" y "Entrenamiento del alto rendimiento". 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 26 de julio de 2023 - **Materias**: Educación, Formación Profesional, Convalidaciones, Enseñanzas Deportivas - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden Ministerial, la regulación de las convalidaciones entre enseñanzas deportivas y títulos relacionados con la actividad física y el deporte se basaba principalmente en la Orden ECI/3224/2004, la cual se ha quedado desactualizada ante la incorporación de nuevos títulos formativos. La normativa estatal, en particular el Real Decreto 1363/2007, ya contemplaba la necesidad de regular estas convalidaciones, pero la presente Orden EFP/892/2023 actualiza y amplía significativamente estas posibilidades, facilitando la movilidad académica y profesional. A diferencia de normativas anteriores, esta orden establece un procedimiento más claro y unificado a nivel nacional, lo que beneficia al ciudadano al simplificar el reconocimiento de sus estudios y experiencia, evitando la dispersión de criterios que podría existir entre diferentes Comunidades Autónomas o en la aplicación de normativas previas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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