Orden ECC/250/2014, de 20 de febrero, por la que se designa la Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado así como la ventanilla para la tramitación de los mecanismos de protección de los operadores económicos previstos en la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Esta orden ministerial designa a la Subdirección General de Competencia y Regulación Económica como Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado, y establece que el Registro del Ministerio de Economía y Competitividad actúe como ventanilla de tramitación. Se dicta conforme a la Ley 20/2013 que crea mecanismos para garantizar la unidad del mercado en España. **¿A quién afecta?** Afecta a operadores económicos que necesiten presentar reclamaciones o aportar información sobre barreras al mercado; a las Administraciones Públicas (Estado, Comunidades Autónomas y Entidades Locales) que deben coordinar la aplicación de la ley a través del Consejo; y a la administración que tramita estos procedimientos a través de la ventanilla del Registro mencionado. **¿Qué cambia o establece?** Establece la estructura organizativa para aplicar la Ley 20/2013: designa dónde residirá la Secretaría del Consejo (en la Subdirección General de Competencia), fija dónde tramitar los procedimientos de reclamación y aportación de información de operadores económicos (Registro del Ministerio), y entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE.
💬 Contexto ciudadano
Antes de la entrada en vigor de la Orden ECC/250/2014, no existía una estructura clara para la tramitación de los mecanismos de protección de los operadores económicos previstos en la Ley 20/2013, lo que generaba incertidumbre en su aplicación. Esta orden establece una organización clara a nivel estatal, designando la Subdirección General de Competencia como Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado, mientras que el Registro del Ministerio de Economía y Competitividad actúa como ventanilla única. Esta estructura contrasta con la falta de coordinación previa entre las CCAA y el Estado, lo que hace que esta norma sea clave para garantizar la aplicación uniforme de la ley a nivel nacional, facilitando la protección de los operadores económicos y la coordinación entre administraciones.