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Ley OrdinariaNacionalvigente

Decreto 874/1964, de 18 de marzo, por el que se crea el «Museo Sefardí» en Toledo.

BOE-A-1964-6622Publicada: 11/04/1964Ministerio de Educación Nacional

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Decreto 874/1964, de 18 de marzo, por el que se crea el «Museo Sefardí» en Toled ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Decreto 874/1964 crea el "Museo Sefardí" en Toledo, con la misión de preservar y difundir la cultura hebraico-española, ubicándose en la Sinagoga de Samuel Levi (Sinagoga del Tránsito). **2. CONTEXTO** La historia de los judíos en España es vista como fundamental para entender la cultura hispánica, debido a su larga convivencia y aportaciones al genio español. La creación del museo busca fortalecer los lazos entre los sefardíes y España, aprovechando el patrimonio cultural de Toledo, una ciudad con rica herencia judía. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Decreto 874/1964, publicado el 18 de marzo de 1964, establece la creación del "Museo Sefardí" con funciones específicas: - **Artículo 1º**: Define la misión del museo como exposición de elementos de la cultura hebraico-española y como centro de estudio y difusión. - **Artículo 2º**: Establece que la sede del museo será la Sinagoga de Samuel Levi y otros edificios habilitados por el Ministerio de Educación Nacional en Toledo. - **Artículo 3º**: Detalla que el fondo del museo se constituirá con materiales históricos, arqueológicos, artísticos y bibliográficos conservados en Centros del Estado, así como donaciones de instituciones o particulares españoles y extranjeros. - **Artículo 4º**: Crea una Biblioteca representativa de la cultura judeo-española vinculada al museo, que servirá como base del "Centro de Cultura Hebraico-Española". - **Artículo 5º**: Define la composición del Patronato, que incluye figuras clave como el Director General de Bellas Artes, representantes de instituciones académicas, culturales y religiosas, y seis personalidades nombradas por el Ministerio. La renovación del Patronato se efectúa por mitad cada tres años. - **Artículo 6º**: Exige que el Patronato presente un Reglamento de funcionamiento al Ministerio de Educación Nacional. El Decreto refleja una intención de integrar el patrimonio sefardí en el marco cultural español, reconociendo su relevancia histórica y simbólica. La inclusión de expertos en historia, arte y estudios judíos en el Patronato demuestra la importancia de la colaboración interinstitucional. Además, la mencionada "larga convivencia" entre judíos y hispanos en la redacción del Decreto resalta la visión de la historia como un elemento unificador. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Decreto crea un museo con sede en Toledo para preservar la cultura sefardí, integrando instituciones académicas y culturales. La estructura del Patronato garantiza su gestión multidisciplinaria. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Historia y cultura sefardí**: Reconoce la importancia de los judíos en la formación del patrimonio español. ⚠️ **Patronato multidisciplinario**: Incluye expertos en arte, historia y estudios judíos, asegurando una gestión especializada. 📋 **Ubicación simbólica**: La Sinagoga del Tránsito en Toledo es un símbolo de la presencia judía en España. ℹ️ **Fondos y donaciones**: El museo se nutre de materiales históricos y donaciones, promoviendo la colaboración institucional. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Decreto 874/1964 - **Tipo**: Decreto - **Fecha**: 18 de marzo de 1964 - **Materias**: Patrimonio cultural, historia, museología, derechos culturales - **Relevancia**: ALTA (refleja una política cultural específica y la integración del patrimonio sefardí en el marco nacional). **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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